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Documento BOE-J-2026-553881

LUGO. Edicto de 28 de septiembre de 2026 en procedimiento civil número 1181/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 243, de 1 de octubre de 2026
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN CIVIL/JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - LUGO
Referencia:
BOE-J-2026-553881

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección Civil del Tribunal de Instancia de Lugo. Plaza nº 2

Dirección: Calle ARMANDO DURÁN S/N Lugo

Localidad: Lugo

Código Postal: 27002

Provincia: Lugo

Teléfono: 982294700

Correo electrónico: civil2.lugo@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1181/2026

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 04/09/2026

Objeto de la publicación edictal:

Citación

DESTINATARIOS

ANTONIO LOPEZ FERNANDEZ - NIF/NIE: ***2194**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

En este órgano judicial se tramita CONCILIACION 1181 /2026, seguido a instancias de LEANDRO FERNANDEZ FERNANDEZ, contra ANTONIO LOPEZ FERNANDEZ, en los que, en fecha 4 de septiembre se ha dictado Decreto cuya parte dispositiva dice:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1.- Admitir a trámite la solicitud de conciliación presentada por D./Dña. LEANDRO FERNANDEZ FERNANDEZ, siendo requerido/s D./Dña. ANTONIO LOPEZ FERNANDEZ.

2.- Sustanciar la misma por los trámites previstos en los artículos 139 y siguientes de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria.

3.- Se señala, una vez consultada la agenda programada de señalamientos, el próximo día 28/10/2026 a las 09:00 horas para la celebración del acto de conciliación, debiendo llevarse a cabo, en legal forma, las oportunas citaciones.

MODO DE IMPUGNACIÓN O CÓMO RECURRIR:

En caso de desacuerdo con esta Diligencia de Ordenación, se puede presentar un recurso (en este caso, llamado recurso de reposición) en el plazo de CINCO (5) DÍAS hábiles, que empezará a contar al día siguiente de la fecha en que se haya recibido la notificación de esta resolución.

Este escrito deberá presentarse ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia e indicar qué infracción, en su opinión, ha cometido esta resolución (ver los artículos 451 y 452 de la LEC).

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de Justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el SANTANDER en la cuenta de este expediente 2293 indicando, en el campo "concepto" la indicación "recurso" seguida del código "00 Civil-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación "recurso" seguida del código "00 Civil-Reposición".

En caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el concepto observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y, para que sirva de CITACION en forma a ANTOONIO LOPEZ FERNANDEZ expido y firmo el presente en LUGO, a veintitrés de septiembre de dos mil veintiséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,

SR. GERENTE DEL BOLETIN OFICIAL DE

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Lugo, 28 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, FRANCISCO JULIAN HINOJAL GIJON

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