Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Santa Cruz de Tenerife. Plaza nº 3
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Contencioso-administrativo
Número: 526/2023
NIG: 3803845320230002003
Decreto
Fecha: 20/05/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
LEOCADIA ALADEJO DE RAMOS - NIF/NIE: ***4728**
ALEJANDRO RAMOS ALADEJO - NIF/NIE: ***8616**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
DECRETOEn Santa Cruz de Tenerife, a 20 de mayo de 2026.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- Por el/la Procurador D. JOSE LUIS SALAZAR DE FRIAS Y DE BENITO, se ha reclamado de su poderdante la cantidad de 320,00 euros, que afirma le son debidos por los derechos devengados y suplidos pagados en el proceso Procedimiento ordinario 0000526/2023, acompañando cuenta de los derechos y suplidos.SEGUNDO.- De dicha petición se ha dado traslado a su poderdante LEOCADIA ALADEJO DE RAMOS y ALEJANDRO RAMOS ALADEJO, por plazo de DIEZ DÍAS, para que dentro del mismo abonase la cantidad reclamada, bajo apercibimiento de apremio, o bien se opusiere a la cuenta exponiendo los motivos de la impugnación.TERCERO.- Ha transcurrido el plazo concedido al poderdante sin que haya formulado impugnación a la cuenta ni haya abonado la suma reclamada.FUNDAMENTOS DE DERECHOPRIMERO.- Dispone el artículo 34.3 de la L.E.C., que si el poderdante no formulare oposición dentro del plazo establecido, se despachará ejecución por la cantidad a que ascienda la cuenta, más las costas.SEGUNDO.- En el presente caso visto el requerimiento que se ha hecho al deudor así como su posterior falta de impugnación a la misma, o pago de la cantidad reclamada, es procedente acordar el archivo del presente procedimiento, sirviendo la presente resolución de título ejecutivo para el despacho de la misma, a tenor de lo establecido el artículo 517.2.9º de la L.E.C., siendo la cantidad reclamada vencida, determinada y líquida. PARTE DISPOSITIVAACUERDO: PONER FIN A LA PRESENTE CUENTA DE PROCURADOR instada por JOSE LUIS SALAZAR DE FRIAS Y DE BENITO, frente a su poderdante LEOCADIA ALADEJO DE RAMOS y ALEJANDRO RAMOS ALADEJO, por falta de impugnación de la minuta o no haber acreditado el pago de la cantidad reclamada, sirviendo la presente resolución de título que lleva aparejada ejecución1.- Archivar la presente cuenta de procurador instada por JOSE LUIS SALAZAR DE FRIAS Y DE BENITO, frente a su poderdante LEOCADIA ALADEJO DE RAMOS y ALEJANDRO RAMOS ALADEJO.MODO DE IMPUGNACION: Contra esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda plantearse ante la ejecución que en su día se despachare. (artículo 34.3 de la L.E.C.).Así lo acuerdo y firmo D. MIGUEL ÁNGEL LÓPEZ LUQUE, Letrado de la Administración de Justicia del Plaza N.º 3 del Tribunal de Instancia (Sección Contencioso-Administrativo) de Santa Cruz de Tenerife. Doy fe. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Santa Cruz de Tenerife, 25 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MIGUEL ANGEL LOPEZ LUQUE
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