Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Córdoba. Plaza nº 1
Dirección: Calle ISLA MALLORCA s/n Córdoba
Localidad: Córdoba
Código Postal: 14011
Provincia: Córdoba
Teléfono: 671535222
Correo electrónico: sec.mercantil.plazan1.ti.cordoba.jus@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 86/2026
Diligencia
Fecha: 17/09/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Decreto
Fecha: 16/02/2026
Objeto de la publicación edictal:
Emplazamiento
Acreedores de José Moreno Sánchez (órg. Admón Hosteleria Y Bares Jose Moreno (DNI:**.***.835V)
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
En el juicio referenciado se ha acordado:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Elena Colorado Gámez
En Córdoba, a diecisiete de septiembre de dos mil veintiséis.
El anterior escrito presentado por la procuradora Dª Maria Del Sol Capdevila Gómez, parte demandante, únase y visto su contenido y habiendo resultado negativas las gestiones realizadas para conocer el domicilio o residencia actual de la parte demandada, y de conformidad con lo establecido en los artículos 156.4, 164 y 157.1 de la L.E.C., acuerdo:
- EMPLAZAR a la parte demandada D. JOSÉ MORENO SÁNCHEZ , como órgano de administración de la mercantil HOSTELERIA Y BARES JOSE MORENO. por medio de edicto, que se fijará en el TEJU
MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REPOSICIÓN ante la Letrada de la Administración de Justicia, mediante escrito presentado en la oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).
La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).
Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este órgano judicial tiene abierta en el con el número , indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un “Recurso” código 00-Reposición. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).
Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Lo acuerdo y firmo. Doy fe
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Córdoba, 24 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA COLORADO GAMEZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid