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Documento BOE-J-2026-544145

OVIEDO. Edicto de 22 de septiembre de 2026 en procedimiento concursal número 150/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 240, de 29 de septiembre de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ASTURIAS
Referencia:
BOE-J-2026-544145

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

PLAZA Nº 1 DE LA SECCION DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA

Dirección: C/ LUIS FERNANDEZ-VEGA SANZ Nº5

Localidad: OVIEDO

Código Postal: 33005

Provincia: Asturias

Teléfono: 985245733

Correo electrónico: sct.mercantil.oviedo@asturias.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 150/2024

NIG: 3304447120240000292

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/09/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Indeterminados

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

D. ANDRES PRADA HORCHE, Letrado de la Administración de Justicia del TRIBUNAL DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL, PLAZA Nº1 DE OVIEDO, por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 150/2024 (N.I.G. 33044 47 1 2024 0000292), referentes al deudor Jaime José Uz Díaz, con NIF: 71634746G se ha dictado AUTO de fecha 16/09/2026, cuya parte dispositiva establece: Declaro la conclusión del presente Concurso de Acreedores en el que figura como concursado don Jaime José Uz Díaz, al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos realizables con los que poder afrontar las deudas del concursada, cesando respecto del mismo todos los efectos de la declaración del concurso. Cesan las limitaciones que pudieran existir sobre las facultades de administración y disposición. La conclusión del Concurso no obstará a su reapertura, que será declarada por este Juzgado en el caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad de los concursados. Líbrese mandamiento al Registro Civil correspondiente, al que se adjuntará testimonio de esta Resolución con expresión de su firmeza, a fin de que proceda a las inscripciones correspondientes. Dese a esta Resolución la publicidad prevista en el artículo 482 del TRLC. Notifíquese el presente Auto al concursado y partes personadas, haciéndoles saber que es firme y que frente a él no cabe interponer recurso alguno de conformidad con lo indicado en el artículo 481.1 del TRLC.

OVIEDO, 22 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANDRES PRADA HORCHE

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