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Documento BOE-J-2026-534102

AGUILAR DE LA FRONTERA. Edicto de 21 de septiembre de 2026 en procedimiento civil número 651/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 236, de 24 de septiembre de 2026
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN CIVIL Y DE INSTRUCCIÓN/JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - CÓRDOBA
Referencia:
BOE-J-2026-534102

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Aguilar de la Frontera. Plaza nº 1

Dirección: Calle CARRERA 35 AGUILAR DE LA FRONTERA

Localidad: Aguilar de la Frontera

Código Postal: 14920

Provincia: Córdoba

Teléfono: 957112869

Correo electrónico: sec.civil-instr.plazan1.ti.aguilar.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 651/2024

NIG: 1400241120241001294

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 16/02/2026

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento

DESTINATARIOS

RAFAEL GARRIDO CABALLERO

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En el juicio referenciado se ha acordado:

NOTIFICAR a RAFAEL GARRIDO CABALLERO por medio de edicto, el/la Decreto de fecha 16/02/2026 dictado/a en dicho proceso cuya copia se encuentra a su disposición en esta oficina judicial, donde podrá tener conocimiento íntegro de la misma, junto con copia de la demanda presentada y documentos adjuntos.

REQUERIR a RAFAEL GARRIDO CABALLERO en los siguientes términos:

Autoridad que acuerda el requerimiento: Letrada de la Administración de Justicia Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Aguilar de la Frontera. Plaza nº 1.

Asunto en que se acuerda: El arriba referenciado.

Persona a la que se requiere: RAFAEL GARRIDO CABALLERO con domicilio en BO DEL CARMEN, 22 1ºA 14920 Aguilar de la Frontera (CÓRDOBA) España.

Orden que debe cumplir: Pagar a CCPP C/ ALTOZANO Nº 41 la cantidad de 1.105,00 euros, debiendo acreditar ante este tribunal haber realizado el pago. En el caso de que realice el pago a través del tribunal, debe ingresar el importe en la cuenta:

IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274

CONCEPTO 1420 0000 08 0651 24

PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LO ORDENADO: VEINTE DÍAS HÁBILES, computados desde el siguiente a este requerimiento.

PREVENCIONES LEGALES

1.ª) En el mismo plazo de veinte días puede, en vez de pagar, comparecer ante el tribunal y alegar de forma fundada y motivada, en escrito de oposición las razones por las que, a su entender, no debe en todo o en parte la cantidad reclamada.

El escrito debe ir firmado por abogado y procurador si la cantidad reclamada excede de 2000 euros.

2.ª) Si en el referido plazo de veinte días no acredita en el tribunal haber pagado al acreedor, ni comparece ante este alegando razones de su negativa al pago, se despachará ejecución contra sus bienes si así lo solicita la acreedora (artículo 816 de la Ley de Enjuiciamiento Civil -LEC-).

3.ª) Si se opone, la Comunidad de propietarios podrá solicitar el embargo preventivo de bienes suficientes en cantidad suficiente para hacer frente a la suma reclamada, intereses y costas (artículo 21.4 de la Ley de Propiedad Horizontal -LPH-).

De recibir este requerimiento dos o más veces, tendrá eficacia a efectos procesales la primera fecha en que lo reciba (artículo 155.4 de la LEC).

En Aguilar De La Frontera, en el día de la firma.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Aguilar de la Frontera, 21 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA MOLINA GARCIA

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