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Documento BOE-J-2026-533735

MADRID. Edicto de 16 de septiembre de 2026 en procedimiento concursal número 186/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 236, de 24 de septiembre de 2026
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2026-533735

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Secc. Mercantil Tri. Inst. Madrid. Plaza nº 12

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 186/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 15/09/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: no cabe recurso

DESTINATARIOS

INTEGRA GRUPO INSIDER, SL

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Anuncia 1º Que en el procedimiento Concurso ordinario 186/2022 por auto de fecha 15/09/2026 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por término de la liquidación conforme al artículo 468 del TRLC. 2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, conforme a lo establecido en el artículo 485 TRLC, el juez ordenará el cierre provisional de la hoja abierta a esa personaj urídica en el registro público en el que figure inscrita, en los casos de conclusión del concurso por finalización de la liquidación o por insuficiencia de la masa activa. En cuanto esta resolución devenga firme, el letrado de la Administración de Justicia expedirá mandamiento conteniendo el testimonio de la resolución, con expresión de la firmeza, que remitirá por medios electrónicos al registro correspondiente. Trascurrido un año a contar desde que el juez hubiera ordenado el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja En Madrid, a 16 de septiembre de 2026.

Madrid, 16 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, RAFAEL LAFUENTE SEVILLA

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