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Documento BOE-J-2026-532897

VALÈNCIA. Edicto de 21 de septiembre de 2026 en procedimiento concursal número 421/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 236, de 24 de septiembre de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2026-532897

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de València. Plaza nº 3

Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1 València

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961929039

Correo electrónico: vamerca03_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 421/2026

NIG: 4625047120260001894

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 09/09/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de " Onti Express S.L. y Rudom Express S.L. con cif nº B97342349 Y CIF Nº B54697099 "

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Se declara la CONCLUSIÓN del presente concurso de ONTI EXPRESS, S.L. y RUDOM EXPRESS, S.L , con CIF nº B97342349 y CIF B54697099 y por insuficiencia de masa, así como el archivo de las actuaciones, con todos los efectos que son su legal y necesaria consecuencia.

En particular, se acuerda el cierre provisional de su inscripción en el Registro Mercantil y demás registros públicos que corresponda.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y procédase a su publicación en el Registro Público Concursal y por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado (artículo 482 TRLC)

A efectos del cierre de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 485 de la LC).

Este Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 481 TRLC).

MAGISTRADO LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno (Art. 481 TRLC)

Lo acuerda y firma el Juez.

JUEZ

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València, 21 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VICTOR SANZ GORDON

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