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Documento BOE-J-2026-529607

MADRID. Edicto de 15 de septiembre de 2026 en procedimiento concursal número 293/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 235, de 23 de septiembre de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2026-529607

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Secc. Mercantil Tri. Inst. Madrid. Plaza nº 5

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 293/2026

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 11/09/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 dias

DESTINATARIOS

Acreedores

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto En el referido juicio se ha dictado el día 1070972026 rectificación de errores cuya parte dispositiva es la siguiente: “Se estima la petición formulada por D./Dña. Andrea Miosotty Ruiz Méndez de rectificar el /la Auto dictado/a en el presente procedimiento con fecha 10/07/2026, en el sentido de que: En los antecedentes de hecho, dónde dice: “Primero.- Por la Procuradora Dña. Maria Pilar Martinez Valero, en nombre y representación de Dña. Andrea Miosotty Ruiz Méndez, provista de DNI/NIF 78.634.902-H, con domicilio en Paseo de Santa María de la Cabeza, nº 7, 3º 3 – 28045 Madrid, se presentó solicitud de declaración de concurso voluntario informando que se encuentra en situación de insolvencia actual y que ostenta como activo nada, y como pasivo 15.776,75 euros, quedando los autos en poder del proveyente, para resolver lo que proceda en derecho.” Debe decir: “Primero.- Por la Procuradora Dña. Maria Pilar Martinez Valero, en nombre y representación de Dña. Andrea Miosotty Ruiz Méndez, provista de DNI/NIF 35.680.431-W, con domicilio en Paseo de Santa María de la Cabeza, nº 7, 3º 3 – 28045 Madrid, se presentó solicitud de declaración de concurso voluntario informando que se encuentra en situación de insolvencia actual y que ostenta como activo nada, y como pasivo 15.776,75 euros, quedando los autos en poder del proveyente, para resolver lo que proceda en derecho.” Y en la parte dispositiva, dónde dice: “Acuerdo la conclusión del concurso de Dña. Andrea Miosotty Ruiz Méndez, provista de DNI/NIF 78.634.902-H, con domicilio en Paseo de Santa María de la Cabeza, nº 7, 3º 3 – 28045 Madrid, por no existencia de masa simultánea a la declaración, al haber transcurrido el plazo previsto en el artículo 37 ter TRLC.” Debe decir: “Acuerdo la conclusión del concurso de Dña. Andrea Miosotty Ruiz Méndez, provista de DNI/NIF 35.680.431-W, con domicilio en Paseo de Santa María de la Cabeza, nº 7, 3º 3 – 28045 Madrid, por no existencia de masa simultánea a la declaración, al haber transcurrido el plazo previsto en el artículo 37 ter TRLC.” En Madrid, a 14 de septiembre de 2026. El/La Letrado/a de la Administración de Justicia

Madrid, 15 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA EUGENIA LOPEZ-JACOISTE RICO

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