Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Córdoba. Plaza nº 1
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Concursal
Número: 207/2024
Diligencia
Fecha: 22/04/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores de Handel & Transport (CIF:)
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
En el procedimiento arriba referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
"DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Elena Colorado Gámez
En Córdoba, a veintidós de abril de dos mil veinticinco.
1.- Transcurrido el plazo concedido a HANDEL & TRANSPORT para contestar a la demanda sin que haya comparecido en las actuaciones, se declara a dicha parte en rebeldía (artículos 438.1 y 496 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC).
Conforme lo ordenado en el artículo 497.1 de la misma Ley y por no ser conocido el domicilio de la parte/estar en ignorado paradero la parte declarada en rebeldía, notifíquesele esta resolución por edictos, fijando copia de esta resolución en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, con la advertencia de que no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 498 cuando se tenga conocimiento del lugar en que pueda/n encontrarse.
2.- Dese traslado a la parte demandante para que en el plazo de tres días alegue lo que tenga por conveniente sobre la pertinencia de celebrar vista.
En caso de solicitarla, si pretende proponer el interrogatorio de la parte declarada rebelde, deberá interesar su citación judicial.
MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REPOSICIÓN ante la Letrada de la Administración de Justicia, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).
La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).
Lo acuerdo y firmo. Doy fe
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA"
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Demandado: HANDEL & TRANSPORT, por resolución de 22/04/2025, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios de la oficina judicial y en el BOE para llevar a efecto la diligencia de notificación rebeldía.
En Córdoba, en el día de la firma.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Córdoba, 17 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA COLORADO GAMEZ
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