PLAZA Nº 2 DE LA SECCION DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA
Dirección: RUA HORTAS S/N 2ª PLANTA
Localidad: PONTEVEDRA
Código Postal: 36004
Provincia: Pontevedra
Teléfono: 986805268
Correo electrónico: mercantil2.pontevedra@xustiza.gal
Concursal
Número: 184/2026
NIG: 3603847120260000205
Auto
Fecha: 25/06/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores interesados en el concurso de persona fisica Maria Asunción Calvo Molares con D.N.I. 36078613-P y de Ignacio Pérez Costas con D.N.I. 36059265-A.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).
DECLARAR EN CONCURSO DE ACREEDORES a Dª. MARÍA ASUNCIÓN CALVO MOLARES, con NIF 36078613P, y de D. IGNACIO PÉREZ COSTAS, con NIF 36059265A, domicilio en C/ Moaña, nº 20, 3º A, 36.209, Vigo, Pontevedra Dª. MARÍA ASUNCIÓN CALVO MOLARES consta inscrito en el Registro Civil de Vigo, Tomo 171L, Pag. 191. D. IGNACIO PÉREZ COSTAS consta inscrito en el Registro Civil de Mos, Tomo 68 Pa.g 373. II.- Declarar el concurso con el carácter de VOLUNTARIO. El concursado conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, pero el ejercicio de éstas quedará sometido a la intervención de la administración concursal, quien podrá autorizar o denegar la autorización según tenga por conveniente III.- Nombrar como ADMINISTRADOR CONCURSAL a Dª. CRISTINA SUÁREZ GESTAL, con domicilio en C/Oliva, nº 6, 3º C, 36001, Pontevedra, tfno. 678634933, email cristinasuges@gmail.com. Comuníquese el nombramiento a la administración concursal designada haciéndole saber que en el plazo de 5 días siguientes al recibo de la comunicación (arts. 66 y 67 del TRLC), deberá comparecer ante este órgano judicial para acreditar que tiene suscrito un seguro de responsabilidad civil o garantía equivalente proporcional a la naturaleza y alcance del riesgo cubierto, para responder de los posibles daños en el ejercicio de su función, y para manifestar su aceptación del cargo. En todo caso, se apercibe a la administración designada que tiene el deber de aceptar el cargo, conforme al referido art. 66.1 del TRLC, y que se encuentra sometida al régimen de incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones de los arts. 64 y 65 del TRLC. La administración concursal, una vez aceptado el cargo y sin más demora, efectuará una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores cuya identidad y domicilio o datos de contacto consten en el concurso, en la forma prevista en los arts. 252 y siguientes del TRLC, informándoles de la declaración de éste y del deber de comunicar sus créditos en la forma establecida en el artículo 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la AEAT y a la TGSS a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. El plazo para presentar el informe de la administración concursal referido en los arts. 289 y siguientes del TRLC será de DOS MESES, contados desde la fecha de aceptación. Ello sin perjuicio de la prórroga prevista en el artículo 291 TRLC.
PONTEVEDRA, 14 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JUAN JOSE GUTIERREZ MARTIN
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