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Documento BOE-J-2026-515130

SEVILLA. Edicto de 14 de septiembre de 2026 en procedimiento civil número 497/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 230, de 17 de septiembre de 2026
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2026-515130

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Sevilla. Plaza nº 3

Dirección: Calle ENERGIA SOLAR 1 Campus Judicial Palmas Altas

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41014

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955189374

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.3.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 497/2025

NIG: 4109142120250044827

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 18/09/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

ISAAC ALVAREZ OLIVA - NIF/NIE: ***7091**

ALVAOLI, S.A. - Nº ****2149*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el TEJU para llevar a efecto la diligencia de NOTIFICACIÓN.

DECRETO

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Susana Pérez González

En Sevilla, a dieciocho de septiembre de dos mil veinticinco.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por el procurador EMILIO GALLEGO RUFINO en representación de ALMUDENA ALVAREZ OLIVA ha presentado solicitud en la que promueve expediente de jurisdicción voluntaria sobre Convocatoria de Junta General Extraordinaria de la Sociedad Alvaoli, S.l

Señala como persona interesada en el expediente a la entidad mercantil ALVAOLI, S.L.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Examinada la solicitud, se estima, a la vista de los datos y documentos aportados, que la parte solicitante reúne los requisitos de capacidad necesarios para comparecer en juicio, conforme a lo determinado en los artículos 6 y 7 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC).

Así mismo, está legitimada para promover el expediente según establece el artículo 3 de la Ley de la Jurisdicción Voluntaria (LJV) Si.

Segundo.- Este Juzgado tiene competencia objetiva y territorial para conocer de la solicitud por aplicación de los artículos 36 de la LEC y 118 de la LJV.

Tercero.- Por último, la solicitud reúne los requisitos precisos por lo que procede admitirla a trámite y citar a quienes han de intervenir en el expediente a fin de que comparezcan ante el letrado de la administración de justicia, con las prevenciones previstas en el artículo 17 de la LJV y concordantes.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se admite a trámite la solicitud reseñada en los antecedentes de esta resolución.

2.- Se acuerda celebrar comparecencia, que tendrá lugar el día 19 de Noviembre de 2025 a las 11:30 horas , en esta Oficina Judicial , ante la Letrada de la Administración de Justicia.

3.- Cítese a la parte solicitante y a los interesados, con entrega a éstos de la copia de esta resolución, de la solicitud y de los documentos que la acompañan.

4.- En las cédulas de citación se harán las siguientes advertencias:

a) A todas las personas a citar:

- Que han de acudir a la comparecencia con los medios de prueba de que intenten valerse.

- Que en el plazo de cinco días deben indicar al Juzgado las personas que por no poderlas presentar ellas mismas han de ser citadas por la Letrada de la Administración de Justicia para que asistan como testigos o peritos, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación. Se les informará también que los gastos ocasionados por testigos y peritos serán a cargo de quien los proponga (artículo 7 de la LJV).

- En el mismo plazo de cinco días podrán pedir respuestas escritas a cargo de personas jurídicas o entidades públicas, por los trámites establecidos en el artículo 381 de la LEC.

b) A la parte solicitante:

- Que si no asiste a la comparecencia, se acordará el archivo del expediente y se la tendrá por desistida del mismo.

c) A las demás personas interesadas:

- Que si no asisten a la comparecencia, se celebrará el acto y continuará el expediente.

- Que para intervenir en el expediente deberán actuar defendidas por letrado/a y representadas por procurador/a y que si carecen de medios suficientes para designar dichos profesionales, pueden solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita tres días.

Se les advertirá también que si pretenden solicitar la designación de abogado/a, procurador/a o ambos profesionales, deberán realizarlo en el plazo de tres días desde la citación.

- Que si pretenden formular oposición deberán hacerlo en el plazo de cinco días.

.- Para citar a ALVAOLI, S.A. líbrese exhorto al Juzgado de Paz de Carrión de los Céspedes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra esta resolución cabe recurso de REPOSICIÓN en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del impugnante, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículo 224 y 452 de la LEC).

En SEVILLA a ocho de septiembre de dos mil veintiséis.

DILIGENCIA.- La extiendo yo, la Letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que el presente edicto se publica en el TEJU. Doy fe..

Sevilla, 14 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SUSANA PEREZ GONZALEZ

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