Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Barcelona. Plaza nº 2
Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111
Localidad: Barcelona
Código Postal: 08075
Provincia: Barcelona
Teléfono: 935549462
Concursal
Número: 529/2026
Auto
Fecha: 07/09/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Parte concursada: Innovaciones Educativas Upsocial, S.L.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Rosa Maria Segura Nebot , la Letrada de la Administración de Justicia del Servicio Común de Tramitación de Barcelona. Sección Mercantil hago saber que:
En el procedimiento indicado, el día 7.09.2026 se ha dictado una resolución con el tenor literal siguiente:
“El anterior escrito presentado por Dª. Mª Jesús Baigorri, persona física designada por Espinosa & Baigorri Abogados, S.C.P., Administración concursal, designada en el expediente de Concurso de acreedores de la mercantil de Innovaciones Educativas Upsocial, S.L., en el que solicita autorización judicial para proceder a la venta de la unidad productiva de Innovaciones Educativas Upsocial, S.L., a favor de la mercantil LAUFERMOV MARKETING S.L.U. por el precio total de 8.000 €, queda incorporado al procedimiento.
De conformidad con el art. 518.2 de la Ley Concursal (LC), concedo a las partes que deban ser oídas respecto de su objeto, un plazo de tres DÍAS para alegar por escrito lo pertinente sobre dicha solicitud.
Acuerdo publicar estar resolución en el tablón en el TEJU.
Asimismo requiérase a la Administración concursal a fin que, en el plazo de TRES DÍAS acredite la publicación de la oferta de adquisición presentada en el Registro público concursal mediante el formulario normalizado que se encuentra en el Portal de Liquidaciones Concursales y Venta de Unidades productivas (Instancias de presentación > Liquidaciones Concursales y Venta de Unidades Productivas).
Asimismo, junto con el infome de evaluación de la Oferta, se deberá aportar el documento que acredite la audiencia a los trabajadores prevista en el art. 220 TRLC, debiendo realizar dicha comunicación a la mayor brevedad que le sea posible a fin de agilizar los plazos legalmente previstos.”
Contra la referida resolución cabe recurso de reposición en el plazo de 5 días.
Barcelona, 14 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALFREDO VILLAESCUSA GARCIA
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