Secc. Mercantil Tri. Inst. Madrid. Plaza nº 2
Dirección: C/ Gran Vía, 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Civil
Número: 653/2026
Auto
Fecha: 02/09/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 15 días
Acreedores de Cristina Grande Fernández
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO Hace saber: Que en el procedimiento especial de liquidación con número de autos 653/2026, con Número de Identificación General (NIG) del procedimiento 28.079.47.1-2026/0011107, por auto de fecha 2.09.2026 se acuerda lo siguiente: - Se acuerda la apertura e inicio del procedimiento especial para microempresas, que tiene carácter de voluntario, en su modalidad liquidativa, de Dña. CRISTINA GRANDE FERNANDEZ (53952921G) sin más pronunciamientos. - El pasivo relevante a efectos de solicitar la designación de administración concursal que elabore el informe del art. 37.ter.1º TRLCo asciende a la cantidad DE 84.616,25EUROS de lo que resulta que el acreedor o acreedores titulares de créditos que sumen 4.231 EUROS estarán legitimados para dicha solicitud. - Se concede a dichos acreedores legitimados que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo, el plazo de quince (15) días hábiles, desde el día siguiente a la última de las publicaciones en el Tablón Edictal Judicial Único del BOE, y en el Registro Público Concursal, para que soliciten el nombramiento de un administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el art. 37 ter del TRLCo. A los meros efectos informativos y de modo provisional se fija el coste por retribución de dicho administrador concursal por la emisión de dicho informe, en la cantidad de 2.500,00.-€ (más sus correspondientes impuestos indirectos). - Siendo el deudor persona física, trascurrido el anterior plazo de quince (15) días sin que se haya solicitado el nombramiento de administración concursal para elaborar dicho informe, podrá presentar SOLICITUD DE EXONERACIÓN del pasivo insatisfecho en los términos del art. 501 del LCo. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Madrid, 8 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN
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