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Documento BOE-J-2026-507950

MADRID. Edicto de 7 de septiembre de 2026 en procedimiento concursal número 508/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 228, de 15 de septiembre de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2026-507950

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Secc. Mercantil Tri. Inst. Madrid. Plaza nº 15

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 508/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 01/09/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 días

DESTINATARIOS

Auto rectificación de error material por ostentar reserva de dominio a favor de la financiera id finance spain, s.a.u.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto En el presente procedimiento se ha dictado auto el 06/05/2026 que ha sido notificada a dña. Mireya romo romera el 17/04/2026. Por don miguel rodriguez marcote, procurador de los tribunales, en nombre y representación de r.c.i banque, s.a. sucursal en españa interesando rectificación de error material por ostentar reserva de dominio a favor de la financiera. Se rectifica el auto, de fecha 06/05/2026 en el sentido de que; Donde dice: “ 2º).- los créditos privados con garantía real sólo se exonerarán en la parte que excedan del valor de la garantía (artículo 492 bis.2.2ª del trlc). En el presente caso, no hay créditos con garantía real.”. Debe decir: “ 2º).- los créditos privados con garantía real sólo se exonerarán en la parte que excedan del valor de la garantía (artículo 492 bis.2.2ª del trlc). En el presente caso, hay créditos con garantía real. Hay un crédito de financiación de vehículo con reserva de dominio a favor del r.c.i banque, s.a. sucursal en españa. De 13.040,6 euros, considerado, un crédito privilegiado especial. De dicho crédito no se exonera el deudor.”. Hay un crédito de financiación de vehículo con reserva de dominio a favor del id finance spain, s.a.u.. De 1.707,00 euros, considerado, un crédito privilegiado especial. De dicho crédito no se exonera el deudor.”.

Madrid, 7 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA EUGENIA LOPEZ-JACOISTE RICO

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