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Documento BOE-J-2026-504895

PAMPLONA/IRUÑA. Edicto de 9 de septiembre de 2026 en procedimiento concursal número 65/2018.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 227, de 14 de septiembre de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - NAVARRA
Referencia:
BOE-J-2026-504895

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña. Plaza nº 1

Dirección: Plaza Juez Elío (Del) S/N

Localidad: Pamplona/Iruña

Código Postal: 31011

Provincia: Navarra

Teléfono: 848424262

Correo electrónico: juzmerca@navarra.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 65/2018

NIG: 3120147120180000065

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 01/09/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Todos los acreedores y demás personas interesadas en el concurso

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

EL Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña. Plaza nº 1 DE Pamplona/Iruña

,A N U N C I A

1º.- Que en el procedimiento concursal número 0000065/2018,referente al concursado al deudor CONSTRUCCIONES ZUBILLAGA SA, con CIF nº A31056500 y domicilio en CALLE ALFONSO EL BATALLADOR/ALFONTSO BORROKALARIAREN KALEA, 10, ENTREP. B de Pamplona/Iruña por auto de 1 de septiembre del 2026 se ha acordado la conclusión del concurso cuya parte dispositiva dice:

PARTE DISPOSITIVA

1º.- ACUERDO la conclusión del concurso de acreedores de la mercantil CONSTRUCCIONES ZUBILLAGA SA con CIF: A31056500, domicilio en la Calle CALLE ALFONSO EL BATALLADOR/ALFONTSO BORROKALARIAREN KALEA, 10, ENTREP. B de Pamplona/Iruña, e inscrita en el Registro Mercantil de Navarra al Tomo 698, Folio 9, HOJA NA1094 y el archivo del presente procedimiento cesando todos los efectos de la declaración del concurso sin perjuicio de su posible reapertura.

2º.- ACUERDO el cese en su cargo el administrador concursal, y DECLARO aprobadas las cuentas rendidas por la Administración concursal.Conforme a lo establecido en el art. 479.6 TRLC, llevesé testimonio de la presente resolución a la Sección 2ª.

3º.- ACUERDO la extinción de la referida sociedad y dispongo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra al Tomo 698, Folio 9, HOJA NA1094, a cuyo efecto expídase Mandamiento a dicho Registro Público con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva.

4º.- Remítase esta resolución, por medio de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), conforme dispone el Real Decreto 327/2021, de 11 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial “Boletín Oficial del Estado”, para su publicación electrónica en el TEJU, y en el Registro Público Concursal

5º.- Comuníquese a la Sección de Civil, Sección Social y Servicio de Ejecución Civil, Social y Contencioso Administrativo, de los Tribunales de Instancia de Pamplona así como a los Servicios de Registro y Reparto de los partidos judiciales de Aoiz y Tafalla a fin de poner en su conocimiento la conclusión del concurso a los efectos de los artículos 483 y siguientes de la Ley Concursal .Notifíquese la presente resolución a las partes personadas.

RECURSO.- Contra el presente auto no cabe recurso alguno (art. 481.1 TRLC)

Pamplona/Iruña, 9 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRANTZU EQUISOAIN AZCONA

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