Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña. Plaza nº 2
Dirección: Plaza del Juez Elío/Elío Epailearen Plaza, Planta 5 Solairua
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31009
Provincia: Navarra
Teléfono: 848426823
Correo electrónico: juzgado.mercantil2@navarra.es
Concursal
Número: 138/2026
NIG: 3120147120260000196
Auto
Fecha: 16/07/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores e interesados en el concurso de BEÑAT MARTIN TOLLAR
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE PAMPLONA/IRUÑA. PLAZA Nº 2
ANUNCIA
Que en el procedimiento concursal número 0000138/2026 referente al concursado BEÑAT MARTIN TOLLAR con NIF 72820398Y, con domicilio en Pamplona/Iruña por auto de fecha 16 de julio del 2026 se ha acordado la conclusión del concurso y la denegación de la exoneración del pasivo insatisfecho, cuya parte dispositiva dice así:
PARTE DISPOSITIVA
1.-SE DENIEGA LA EXONERACION DEL PASIVO INSATISFECHO a D. BEÑAT MARTIN TOLLAR (DNI nº 72.820.398Y).
2.- SE ACUERDA LA CONCLUSION DEL CONCURSO cesando todos los efectos de la declaración del concurso. Líbrese mandamiento al Registro Civil, al que se adjuntará testimonio de esta resolución con expresión de su firmeza, a fin de que proceda a las inscripciones correspondientes. Dése la publicidad prevista en el art. 482 TRLC. Archívense las actuaciones.
3.-Contra el pronunciamiento de conclusión no cabe recurso alguno (art. 481 TRLC). Contra el pronunciamiento de exoneración, cabe interponer RECURSO DE APELACION para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Navarra directamente ante dicho órgano en el plazo de VEINTE DIAS a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución.
4.-Notifíquese la presente resolución a las mismas partes que se notificó el Auto de declaración del concurso, al concursado, y publíquese en el RPC y, por medio de edicto, en el BOE. (artículo 482 TRLC)
En Pamplona/Iruña, a 16 de julio del 2026
LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Pamplona/Iruña, 9 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, Irantzu Equisoain Azcona
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid