Sección Civil del Tribunal de Instancia de Jaén. Plaza nº 7
Dirección: Calle OBISPO ALONSO SUÁREZ 3
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Código Postal: 23008
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Civil
Número: 177/2025
Decreto
Fecha: 19/06/2025
Objeto de la publicación edictal:
Requerimiento. Plazo: 20 días
CLAUDIA MARITZA TAIMAL LÓPEZ - NIF/NIE: ***6901**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
1.- Se admite a trámite la solicitud de proceso monitorio presentada por el procurador MARIA VICTORIA CARRILLO HIDALGO en representación de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS MILLAN DE PRIEGO Nº 57, frente a CLAUDIA MARITZA TAIMAL LOPEZ.
2.- Requiérase a CLAUDIA MARITZA TAIMAL LOPEZ, para que en el plazo de veinte días pague al/a la peticionario/a la cantidad de 1.078,17 euros, acreditándolo ante el Tribunal, o comparezca ante éste y alegue de forma fundada y motivada, en escrito de oposición, las razones por las que, a su entender, no debe en todo o en parte la cantidad reclamada.
Cuando la cantidad reclamada no excediera de la propia del juicio verbal, en el escrito de oposición, podrá solicitar la celebración de vista siguiendo los trámites previstos en los artículos 438 y siguientes.
Adviértase a la parte deudora que el escrito de oposición habrá de estar firmado por abogado/a y procurador/a, si la cantidad reclamada excede de 2000 euros.
3.- Notifíquese el requerimiento al/a la deudor/a en la forma prevista en el artículo 161 de la LEC, advirtiéndole que, de no pagar ni comparecer alegando las razones de la negativa, se despachará ejecución contra él si así lo solicita el acreedor (artículo 816 de la LEC).
En el acto del requerimiento dese traslado a la parte deudora, mediante entrega de las respectivas copias, de la solicitud y de los documentos acompañados.
De esta resolución doy cuenta al Órgano Judicial.
MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REPOSICIÓN ante la Letrada de la Administración de Justicia, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).
La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).
Jaén, 8 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ANGELES GARCIA RUEDA
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