PLAZA Nº 2 DE LA SECCION DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA
Dirección: AVDA. DE LAS COMUNIDADES S/N
Localidad: MERIDA
Código Postal: 06800
Provincia: Badajoz
Teléfono: 924380606
Correo electrónico: mercantil2.badajoz@justicia.es
Concursal
Número: 96/2026
NIG: 0601547120260000024
Auto
Fecha: 04/08/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
MOSTAFA BAGUI GOUI - NIF/NIE: ***4524**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).
Declarar en CONCURSO VOLUNTARIO SIN MASA a D. MOSTAFA BAGUI GOUI, con NIF NÚM. ***45.2**..- De acuerdo con la documentación aportada por la parte deudora concurre el siguiente pasivo: TOTAL : 13.297,00 EUROS. Listado de Acreedores: AURIVEST FINANCE SL; PRA IBERIA SLU; SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR EFC SA. - Remítase la presente resolución telemáticamente al «Boletín Oficial del Estado» para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente, por cada una de las deudoras, informe razonado y documentado. Adviértase al acreedor o acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo, que, en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente a la publicación del edicto, podrán formular solicitud de nombramiento de administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el art. 37 ter; y que la retribución del administrador nombrado por la emisión del informe encomendado, corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado, (art. 37 quater). - En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso de reposición que se interpondrá en el plazo de CINCO DÍAS a contar desde el día siguiente al de su notificación. Así, por este Auto, lo acuerda, manda y firma, Dª Mª Victoria Dávila Arévalo, Magistrada titular del Juzgado de lo Mercantil n 2 de Badajoz.
MERIDA, 2 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AYLLON SOTELO, M. DEL CARMEN
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