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Documento BOE-J-2026-497198

MERIDA. Edicto de 2 de septiembre de 2026 en procedimiento concursal número 77/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 224, de 10 de septiembre de 2026
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BADAJOZ
Referencia:
BOE-J-2026-497198

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

PLAZA Nº 2 DE LA SECCION DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA

Dirección: AVDA. DE LAS COMUNIDADES S/N

Localidad: MERIDA

Código Postal: 06800

Provincia: Badajoz

Teléfono: 924380606

Correo electrónico: mercantil2.badajoz@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 77/2026

NIG: 0608347120260000050

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 04/08/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

ANTONIO BARROSO DE LA HOZ - NIF/NIE: ***5982**

MILAGROS MENDEZ PACHON - NIF/NIE: ***7259**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Declarar en CONCURSO VOLUNTARIO SIN MASA a D. ANTONIO BARROSO DE LA HOZ, con NIF NÚM. **.159***, y Dª MILAGROS MÉNDEZ PACHÓN, con NIF NÚM. ***72.5**, quienes actúan representados por la Procuradora Sra. María Quecedo. De acuerdo con la documentación aportada por la parte deudora concurre el siguiente pasivo: 30.480,10 euros. Lista de acreedores: COFIDIS SA; DIPUTACION DE BADAJOZ; IBERIA INVERSIONES DAC; UNION FINANCIERA ASTURIANA SA. -Remítase la presente resolución telemáticamente al «Boletín Oficial del Estado» para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente, por cada una de las deudoras, informe razonado y documentado. -Adviértase al acreedor o acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo, que, en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente a la publicación del edicto, podrán formular solicitud de nombramiento de administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el art. 37 ter; y que la retribución del administrador nombrado por la emisión del informe encomendado, corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado, (art. 37 quater). - En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso de reposición que se interpondrá en el plazo de CINCO DÍAS a contar desde el día siguiente al de su notificación. Así, por este Auto, lo acuerda, manda y firma, Dª María Victoria Dávila Arévalo, Magistrada titular del Juzgado de lo Mercantil nº2 de Badajoz.

MERIDA, 2 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AYLLON SOTELO, M. DEL CARMEN

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