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Documento BOE-J-2026-495826

OVIEDO. Edicto de 7 de septiembre de 2026 en procedimiento concursal número 325/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 224, de 10 de septiembre de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ASTURIAS
Referencia:
BOE-J-2026-495826

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Oviedo. Plaza nº 4

Dirección: Calle LUIS FERNANDEZ-VEGA SANZ 5 3

Localidad: Oviedo

Código Postal: 33005

Provincia: Asturias

Correo electrónico: juzgadomercantil4.oviedo@asturias.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 325/2026

NIG: 3304447120260000881

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/09/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 días

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DECLARO EN CONCURSO, QUE TIENE CARÁCTER DE VOLUNTARIO, A DONENRIQUE SUÁREZ RAMOS con D.N.I. nº 09433484B.

Declaro que el concurso tiene la consideración de CONCURSO SIN MASA.

Declaro que don Enrique Suárez Ramos tiene un pasivo debidopor importe de 144.775 euros.

Acuerdo la remisión telemática de la presente resolución al«Boletín Oficial del Estado» para su publicación en elsuplemento del tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal, con llamamiento al acreedoro a los acreedores que representen, al menos, el cinco porciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días acontar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal.

MANDATO ADICIONAL DE PUBLICIDAD: conforme a lo previsto en elart. 35.2 TRLC, con el fin de garantizar que los acreedores tengan conocimiento de la solicitud de concurso, requiero a la representación procesal del deudor que comuniqueelectrónicamente a sus acreedores, en las direcciones de correo electrónico que le consten, la solicitud de declaración de concurso, así como el dictado de este Auto.Dentro de los 10 días siguientes a la notificación de estaresolución, la representación procesal del deudor debeacreditar ante esta plaza judicial el cumplimiento del mandatodado.Se recuerda, asimismo, a la representación procesal del deudor el deber de colaboración con el juez del concurso que impone el art. 135 TRLC, con las consecuencias que pudieran derivarse en caso de incumplimiento de este deber.

Oviedo, 7 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANDRES PRADA HORCHE

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