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Documento BOE-J-2026-495823

OVIEDO. Edicto de 7 de septiembre de 2026 en procedimiento concursal número 307/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 224, de 10 de septiembre de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ASTURIAS
Referencia:
BOE-J-2026-495823

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Oviedo. Plaza nº 4

Dirección: Calle LUIS FERNANDEZ-VEGA SANZ 5 3

Localidad: Oviedo

Código Postal: 33005

Provincia: Asturias

Correo electrónico: juzgadomercantil4.oviedo@asturias.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 307/2026

NIG: 3304447120260000836

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/09/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 días

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DECLARO EN CONCURSO, QUE TIENE CARÁCTER DE VOLUNTARIO, A DOÑA MARÍA FERNÁNDEZ LODEIRO con D.N.I. nº71677183Y.

Declaro que el concurso tiene la consideración de CONCURSO SIN MASA.

Declaro que doña María Fernández Lodeiro tiene un pasivodebido por importe de 20.739´36 euros.

Acuerdo la remisión telemática de la presente resolución al«Boletín Oficial del Estado» para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal, con llamamiento al acreedoro a los acreedores que representen, al menos, el cinco porciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días acontar del siguiente a la publicación del edicto, puedansolicitar el nombramiento de un administrador concursal.

MANDATO ADICIONAL DE PUBLICIDAD: conforme a lo previsto en elart. 35.2 TRLC, con el fin de garantizar que los acreedorestengan conocimiento de la solicitud de concurso, requiero a la representación procesal del deudor que comunique electrónicamente a sus acreedores, en las direcciones decorreo electrónico que le consten, la solicitud de declaración de concurso, así como el dictado de este Auto.

Dentro de los 10 días siguientes a la notificación de estaresolución, la representación procesal del deudor debeacreditar ante esta plaza judicial el cumplimiento del mandato dado.

Se recuerda, asimismo, a la representación procesal del deudorel deber de colaboración con el juez del concurso que impone el art. 135 TRLC, con las consecuencias que pudieran derivarse en caso de incumplimiento de este deber.

Oviedo, 7 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANDRES PRADA HORCHE

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