Está Vd. en

Documento BOE-J-2026-486323

PALMAS DE GRAN CANARIA, LAS. Edicto de 2 de septiembre de 2026 en procedimiento civil número 84/2017.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 221, de 7 de septiembre de 2026
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - LAS PALMAS
Referencia:
BOE-J-2026-486323

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria. Plaza nº 2

Dirección: Calle MALAGA 2

Localidad: Palmas de Gran Canaria, Las

Código Postal: 35016

Provincia: Las Palmas

Teléfono: 928116561

Correo electrónico: scomge.laspalmasdegrancanaria@justiciaencanarias.org

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 84/2017

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 25/03/2026

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento

DESTINATARIOS

SEGURIDAD EN LA GESTION S L - NIF/NIE: B58182973

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Se requiere al ejecutante nn cumplimiento de lo dispuesto en la INSTRUCCIÓN 3/2024 DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA para que en el plazo de Cinco dias aporte certificado de titularidad número de cuenta, debiendo constar el número de código de cuenta cliente o número internacional de cuenta bancaria (IBAN) y la titularidad de la misma, que habrá de incluir en todo caso a la persona o entidad que deba percibir la cantidad, a la que serán emitidos los mandamientos de pago que deban ser expedidos a su favor por transferencia bancaria.Solo en el caso excepcional de que la persona jurídica beneficiaria justifique ante el órgano judicial la existencia de alguna circunstancia que impida la realización de la transferencia, el letrado de la Administración de Justicia expedirá mandamiento de pago y hará entrega del mismo a la persona jurídica para su presentación al cobro en la entidad de crédito adjudicataria. Se informa que transcurrido el plazo sin que se haya aportado número de cuenta a los efectos indicados, las cantidades a su favor serán transferidas a fondos provisionalmente abandonados sin perjuicio de poder recuperarlos dentro del plazo legalmente previsto y transferirlos una vez verificado lo anterior.

Palmas de Gran Canaria, Las, 2 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AGUEDA JESUS REYES ALMEIDA

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid