Secc. Mercantil Tri. Inst. Madrid. Plaza nº 6
Dirección: C/ Gran Vía, 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Civil
Número: 549/2026
Auto
Fecha: 23/07/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: .
Acreedores e interesados en el concurso de la mercantil Inversiones Feriozzi SL con CIF Nº B10781276
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 591 DEL TRLCo. ANUNCIA Que en el procedimiento especial de microempresa en la modalidad de liquidación número 549/2026 seguido frente a la mercantil INVERSIONES FERIOZZI SL (CIF Nº B10781276) por Auto de fecha 23/7/2026 se ha decretado la apertura del concurso, cuya parte dispositiva dicta: “…1.- Se declara la competencia objetiva y territorial de esta sección mercantil para conocer de procedimiento especial para microempresa, en su modalidad liquidativa, formulada por el Procurador D. PABLO RODRIGO GANDARA ARIN en representación de INVERSIONES FERIOZZI SL 2.- Se acuerda la apertura e inicio del procedimiento especial para microempresas, que tiene carácter de voluntario, en su modalidad liquidativa, de INVERSIONES FERIOZZI SL (CIF Nº B10781276) sin más pronunciamientos. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales concursales del Libro III, siendo supletoria la aplicación del Libro I, con las necesarias adaptaciones. 3.- El pasivo relevante a efectos de solicitar la designación de administración concursal que elabore el informe del art. 37.ter.1º TRLCo asciende a la cantidad DE 46.718,03 EUROS de lo que resulta que el acreedor o acreedores titulares de créditos que sumen 2.336 euros estarán legitimados para dicha solicitud. 4.- Se concede a dichos acreedores legitimados que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo, el plazo de quince (15) días hábiles, desde el día siguiente a la última de las publicaciones en el Tablón Edictal Judicial Único del BOE, y en el Registro Público Concursal, para que soliciten el nombramiento de un administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el art. 37 ter del TRLCo. A los meros efectos informativos y de modo provisional se fija el coste por retribución de dicho administrador concursal por la emisión de dicho informe, en la cantidad de 2.500,00.-€ (más sus correspondientes impuestos indirectos). 5.- Siendo el deudor persona jurídica, trascurrido el anterior plazo de quince (15) días sin que se haya solicitado el nombramiento de administración concursal para elaborar dicho informe, procederá directamente a la conclusión del procedimiento especial; lo que se acordará en Resolución separada. 6.- Publíquese esta resolución en el Registro Público Concursal (RPC) y en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) y, a tal efecto, se remitirán los correspondientes edictos con las menciones indispensables que establece el art. 35.1 TRLCo…· LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Madrid, 24 de julio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid