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Documento BOE-J-2026-438330

CORUÑA (A). Edicto de 21 de julio de 2026 en procedimiento concursal número 349/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 179, de 24 de julio de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - A CORUÑA
Referencia:
BOE-J-2026-438330

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de A Coruña. Plaza nº 2

Dirección: Calle CAPITÁN JUAN VARELA S/N

Localidad: Coruña (A)

Código Postal: 15007

Provincia: A Coruña

Teléfono: 881881150

Correo electrónico: mercantil2.coruna@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 349/2026

NIG: 1503047120260000701

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/07/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Conclusión concurso acreedores

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Se decreta la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa, del presente concurso de acreedores de la entidad DISTRELEC NOROESTE SL con CIF: B70356522 y domicilio en Avda. das Mariñas 247, 1ºD, 15176 Oleiros, A Coruña.

Con los efectos legales inherentes.

2.- Acuerdo la extinción de la entidad procediendo el cierre provisional de su hoja de inscripción en los registros públicos correspondientes, a los que se dirigirá mandamiento a tal efecto, con testimonio de la presente resolución. En cuanto esta resolución devenga firme, el letrado de la Administración de Justicia expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución, con expresión de la firmeza, que remitirá por medios electrónicos al registro correspondiente. Transcurrido un año a contar desde que se hubiera ordenado por el juez el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja.

3.- A la presente resolución se le dará la publicidad prevista en los artículos 552 y ss TRLC.

Coruña (A), 21 de julio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SONIA FERNANDEZ ASCARIZ

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