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Documento BOE-J-2026-416651

BURGOS. Edicto de 10 de julio de 2026 en procedimiento concursal número 8/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 171, de 15 de julio de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BURGOS
Referencia:
BOE-J-2026-416651

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Burgos. Plaza nº 1

Dirección: Avenida DE LOS REYES CATOLICOS 51 bis

Localidad: Burgos

Código Postal: 09005

Provincia: Burgos

Teléfono: 947284151

Correo electrónico: veronica.teran@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 8/2026

NIG: 0905942120260000077

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 30/06/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores y demás interesados.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O DÑA. BEATRIZ BRIONES SANTAMARÍA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE BURGOS, por el presente, HAGO SABER: Que en los autos seguidos en este órgano judicial como Concurso Ordinario 8/2026 y NIG 09059 42 1 2026 0000077, se solicitó por el Procurador FRANCISCO DE ASÍS SAN FRUTOS PRIETO, en escrito presentado el día 3 de diciembre de 2025 y repartido a este Juzgado de lo Mercantil nº 1 el día 8 de enero de 2026, que fuera declarado en concurso de acreedores por insolvencia actual de ALBENIS ANTONIO SANTANA ESPINOZA, con NIF -----118L y domicilio en ARANDA DE DUERO (BURGOS), dictándose AUTO el 30 de junio de 2026 declarando en concurso voluntario de acreedores sin masa al citado deudor.Que se ha acordado llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente el informe razonado y documentado sobre los extremos expresados en el art. 37 ter del TRLC.Se advierte a los acreedores, personas legitimadas y con interés legítimo que deben actuar representados por procurador (cuyo poder debe tener otorgadas facultades concursales) y asistidos por letrado para comparecer en el procedimiento, para presentar solicitudes o demandas, para actuar en los incidentes que se incoen o para interponer recursos. Todo ello sin perjuicio de lo establecido para las administraciones públicas y los trabajadores en el art. 513 TRLC.Que en el Registro Público Concursal se publicarán las resoluciones que traigan causa del presente concurso, cuya dirección electrónica es https://www.publicidadconcursal.es.

Burgos, 10 de julio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, BEATRIZ BRIONES SANTAMARIA

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