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Documento BOE-J-2026-412143

CAZORLA. Edicto de 8 de julio de 2026 en procedimiento civil número 5/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 169, de 13 de julio de 2026
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN CIVIL Y DE INSTRUCCIÓN/JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - JAÉN
Referencia:
BOE-J-2026-412143

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Cazorla. Plaza nº 1

Dirección: Calle MERCEDES GÓMEZ S/N CAZORLA

Localidad: Cazorla

Código Postal: 23470

Provincia: Jaén

Teléfono: 953105153

Correo electrónico: sec.civil-instr.plazan2.ti.cazorla.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 5/2026

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 14/01/2026

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 20 dias

DESTINATARIOS

JAVIER PEDROSA GONZALEZ - NIF/NIE: ***8915**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Se admite a trámite la demanda presentada por el procurador INMACULADA SOLA MUÑOZ en representación de MANUEL TAMARGO DIAZ y de CARMEN MARTINEZ OBRA, frente a JAVIER PEDROSA GONZALEZ y JUAN FRANCISCO CARAVACA VELASCO, sobre Resolución contractual, sustanciándose el proceso por las reglas del juicio ordinario.

2.- Dese traslado de la demanda a la/s parte/s demandada/s, haciéndole/s entrega de copia de la misma y de los documentos acompañados, emplazándola/s con entrega de la oportuna cédula para que la conteste/n en el plazo de veinte días hábiles, computado desde el siguiente al emplazamiento.

Apercíbase a la/s parte/s demandada/s que si no comparecen dentro de plazo se le/s declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 LEC). Adviértasele/s asimismo, que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículo 23 y 31 LEC) y que si carece/n de recursos económicos puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita. También se le/s informará de que si pretende/n solicitar la designación de abogado, procurador o ambos profesionales, deberá/n realizarlo dentro de los tres días siguientes al emplazamiento.

3.- Llévese a efecto el emplazamiento en el domicilio señalado por la parte actora. Para el emplazamiento en dicho domicilio por medio de exhorto al partido judicial correspondiente al domicilio de cada uno de los demandados.

Cazorla, 8 de julio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MIGUEL ANGEL PIÑAR PEREZ

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