PLAZA Nº 1 DE LA SECCION DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA
Dirección: C/ LUIS FERNANDEZ-VEGA SANZ Nº5
Localidad: OVIEDO
Código Postal: 33005
Provincia: Asturias
Teléfono: 985245733
Correo electrónico: juzgadomercantil1.oviedo@asturias.org
Concursal
Número: 266/2026
NIG: 3304447120260000769
Auto
Fecha: 02/07/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Indeterminados
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Dª. MARIA ANGELES E D I C T O QUINTAS ALVAREZ, Letrada de la Administración de Justicia del TRIBUNAL DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL, PLAZA Nº1 DE OVIEDO, por el presente, hago saber: 1.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 266/2026 (N.I.G. 33044 47 1 2026 0000769), se ha dictado AUTO de fecha 02/07/2026, DECLARANDO el procedimiento especial para microempresas respecto de la mercantil “WAVEWARRIORS SL B22911838” Seguidamente se transcribe literalmente la parte dispositiva del auto de fecha 02/07/2026 antes aludidos: Se declara la competencia objetiva y territorial de este Juzgado para conocer de este procedimiento especial formulado por la Procuradora Dña. Blanca Álvarez Tejón, actuando en nombre y representación de “WAVEWARRIORS, S.L.”. Código Seguro de Verificación: E04799402-MI:s4iK-a2AB-kRZg-gt4y-M Puede verificar este documento en https://sedejudicial.justicia.es Declaro a la citada mercantil en concurso de acreedores voluntario, cuyo pasivo asciende a la suma de 109.465,42 euros. Se aplicarán a la tramitación de este procedimiento, las normas procedimentales concursales del Libro III, siendo supletoria la aplicación del Libro I, con las necesarias adaptaciones. Se concede a los acreedores legitimados que representen, al menos el cinco por ciento del pasivo antes indicado, el plazo de quince días hábiles, desde el día siguiente a la última de las publicaciones en el Tablón Edictal Público concursal, para que soliciten el nombramiento de un administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el artículo 37.ter del TRLC. Siendo el deudor persona jurídica, transcurrido el anterior plazo sin que se haya solicitado nombramiento de administrador concursal para la elaboración del citado informe, procederá directamente la conclusión del procedimiento especial, lo que se acordará por Resolución separada. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra este Auto cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN por medio de escrito presentado en este Juzgado, en el plazo de cinco días computados desde la notificación de esta resolución. En OVIEDO, a dos de julio de dos mil veintiséis. LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
OVIEDO, 3 de julio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ANGELES QUINTAS ALVAREZ
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