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Documento BOE-J-2026-404954

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 3 de julio de 2026 en procedimiento civil número 87/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 166, de 9 de julio de 2026
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2026-404954

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Alacant/Alicante. Plaza nº 4

Dirección: CALLE ALONA,29, 03007, Alicante/Alacant

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03007

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 965693450

Correo electrónico: alme04_ali@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 87/2026

NIG: 0301447120260000175

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 15/05/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

ROCIO AMORES GONZALEZ - Nº ***4783**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37 ter del texto refundido de la ley concursal, aprobado por real decreto legislativo 1/2020 hago saber: 1.º- que por auto de fecha 15/05/2026 dictado en el procedimiento concurso sin masa 87/2026, nig n.º 0301447120260000175, seguido en este juzgado, se ha declarado en concurso de acreedores sin masa a d.ª rocío amores gonzález, con dni número 53147831y y con domicilio en cl. Cervantes nº.18, planta 1, puerta izquierda, villajoyosa . 2.º- el pasivo expresado es de cuarenta y ocho mil trescientos setenta euros con setenta y cinco centimos, 48.370,75 euros. Se efectúa llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento (5%) del pasivo, a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente un informe razonado y documentado sobre los extremos contenidos en el artículo 37 ter del trlc (conforme ley 16/2022). 3.º- en el caso de que, dentro del plazo de quince dias previsto, ningún legitimado/acreedor hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho. 4.º- la comparecencia en el procedimiento, deberá realizarse mediante escrito al efecto dirigido a este juzgado, con representación de procurador/a y asistencia de letrado/a, conforme artículo 512 del trlc, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las administraciones públicas. Se puede conocer el contenido íntegro de la resolución que se notifica o publica en el registro público concursal a través del enlace: https://www.publicidadconcursal.es/

Alicante/Alacant, 3 de julio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MAXIMO JOSE PERTUSA GUILLEN

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