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Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña. Plaza nº 1
Dirección: Plaza del Juez Elío/Elío Epailearen Plaza, Planta 5 Solairua
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31009
Provincia: Navarra
Teléfono: 848424262
Correo electrónico: juzmerca@navarra.es
Civil
Número: 11/2026
NIG: 3120147120160000242
Auto
Fecha: 22/06/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Interesados y acreedores no personados del concurso CONSTRUCCIÓNES SAMANIEGO
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
El juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña
ANUNCIA
Que en el procedimiento concursal número 0000011/2026 referente
al concursado CONSTRUCCIONES SAMANIEGO SL con CIF B31931959,
con domicilio en PLAZA DEL BALUARTE, S/N de Pamplona/Iruña, se ha
dictado auto 69/2026 de fecha 22 de junio de 2026 , cuya parte dispositiva
dice asi:
PARTE DISPOSITIVA
AUTORIZO la VENTA DIRECTA libre de cargas de los siguientes
bienes de la mercantil concursada CONSTRUCCIONES SAMANIEGO
S.L”:
1 - Plaza de garaje nº 185 en el municipio de Logroño Avenida Lope
de Vega nº 23, sótano (Residencial Mercedes) Referencia Catastral:
6306318WN4060N532HX. Inscrita en el Registro de la Propiedad nº 3
de Logroño con el Nº de Finca Registral 31069/185.
2 - Plaza de garaje nº 354 en el municipio de Logroño Avenida Lope
de Vega nº 23, sótano (Residencial Mercedes) Referencia Catastral:
6306318WN4060N544WI. Inscrita en el Registro de la Propiedad nº 3
de Logroño con el Nº de Finca Registral 31069/354
Las dos fincas están gravadas con hipoteca a favor de Caja de
Ahorros de Vitoria y Alava, hoy Kutxabank, calificado como privilegio
especial.
La venta se autoriza de favor de Samaniego Inversiones S.L. con
CIF B26169854, domicilio en: Avda. Portugal, 39 bajo C.P: 26001 en
Logroño de La Rioja por un precio de TRES MIL EUROS por cada una
(6.000 € en total, IVA no incluido) y se abonará al contado mediante
cheque bancario ó transferencia en el momento de formalizar la
compraventa ante notario.
Los gastos (Notario y Registro) así como el IVA (21%) serán de
cuenta de la parte compradora.
Anúnciese esta autorización y sus condiciones en la forma prevista
en el art. 645 L.E.C., a tales efectos, remítase esta resolución, por medio
de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado, al Tablón Edictal
Judicial Único (TEJU) del BOE, y hágase saber que dentro de los 15 días
siguientes al último anuncio podrá presentarse mejor postor conforme al
art. 210.4 TRLC.
Se acuerda el levantamiento de las cargas y gravámenes que
pueden pesar sobre los activos que se transmiten, así como la cancelación
de las inscripciones o anotaciones que se hubieran podido practicar como
consecuencia de la declaración del concurso y su tramitación, a cuyo
efecto expirasen los mandamientos oportunos una vez que se formalice la
compraventa
Pamplona/Iruña, 1 de julio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, Irantzu Equisoain Azcona
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