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Documento BOE-J-2026-395289

MADRID. Edicto de 26 de junio de 2026 en procedimiento concursal número 498/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 162, de 4 de julio de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2026-395289

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Secc. Mercantil Tri. Inst. Madrid. Plaza nº 6

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 498/2026

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 25/06/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 días

DESTINATARIOS

Acreedores del deudor

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO Dña. MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN, Letrado/a de la Administración de Justicia del Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid. Plaza nº 6 ANUNCIA En el Concurso ordinario 498/2026, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.47.1-2026/0010107, que se ha presentado en fecha 10/06/2026 y fecha de entrada en este juzgado el día 25/06/2026 por auto de fecha 25/06/2026 se ha acordado lo siguiente: “…1.- Se declara la competencia objetiva y territorial de esta sección mercantil para conocer del concurso solicitado por el procurador D. FRANCISCO MONTALVO BARRAGÁN, en representación de JM LOZANO REFORMAS Y DECORACIONES SL EN LIQUIDACION, CON CIF NÚMERO B-87486809. 2.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, de la mercantil JM LOZANO REFORMAS Y DECORACIONES SL EN LIQUIDACION, CON CIF NÚMERO B-87486809, sin más pronunciamientos. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales concursales del Libro I, además de las especialidades y trámites y plazos recogidos en la D.T.2ª de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. 3.- El pasivo relevante a efectos de solicitar la designación de administración concursal que elabore el informe del art. 37.ter.1º TRLCo asciende a la cantidad de30.476,99 € de lo que resulta que el acreedor o acreedores titulares de créditos que sumen 1524EUROS estarán legitimados para dicha solicitud. 4.- Se concede a dichos acreedores legitimados que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo, el plazo de quince (15) días hábiles, desde el día siguiente a la última de las publicaciones en el Tablón Edictal Judicial Único del BOE, y en el Registro Público Concursal, para que soliciten el nombramiento de un administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el art. 37 ter del TRLCo. A los meros efectos informativos y de modo provisional se fija el coste por retribución de dicho administrador concursal por la emisión de dicho informe, en la cantidad de 2500 euros (más sus correspondientes impuestos indirectos). 5.- Siendo el deudor persona jurídica, trascurrido el anterior plazo de quince (15) días sin que se haya solicitado el nombramiento de administración concursal para elaborar dicho informe, procederá directamente a la conclusión del concurso; lo que se acordará en Resolución separada…”

Madrid, 26 de junio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN

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