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Documento BOE-J-2026-388735

OVIEDO. Edicto de 25 de junio de 2026 en procedimiento civil número 274/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 160, de 2 de julio de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ASTURIAS
Referencia:
BOE-J-2026-388735

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

PLAZA Nº 1 DE LA SECCION DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA

Dirección: C/ LUIS FERNANDEZ-VEGA SANZ Nº5

Localidad: OVIEDO

Código Postal: 33005

Provincia: Asturias

Teléfono: 985245733

Correo electrónico: juzgadomercantil1.oviedo@asturias.org

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 274/2026

NIG: 3304447120260000790

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 24/06/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Indeterminados

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O Quintas Álvarez Letrada de la Administración de Justicia del TRIBUNAL DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL, PLAZA Nº1 DE OVIEDO, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 274/26 (N.I.G. 33044 47 1 2026 0000790), se ha dictado AUTO de fecha 24/06/26 DECLARANDO EN CONCURSO VOLUNTARIO DON CRHISTIAN ANDRÉS MURILLAS MORALES, con NIE X6098067P y de Doña LINA MARCELA RAMÍREZ ARBOLEDA, con DNI 60481339X 2º.- La masa activa declarada por el deudor se ha considerado insuficiente en los términos del artículo 37 bis del TRLC 3º.- El pasivo que resulta de la solicitud de concurso asciende a 171.649,21 euros. 4º.- En el plazo de 15 días, a computar desde la última de las publicaciones de este edicto, que se ha ordenado publicar en el Tablón Judicial Edictal Único y en el Registro Público Concursal, los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo, podrán solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos referidos en el art. 37 ter TRLC. Los acreedores deberán solicitar el nombramiento de administración concursal con abogado y procurador. 5º.- La retribución del administrador por la emisión del informe encomendado corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado, en la cuantía y plazo que fije el juez del concurso. plazo 6º.- Contra este auto cabe interponer recurso de reposición en el de cinco días a contar desde la publicación de este edicto en el TEJU En OVIEDO, a veinticinco de octubre de dos mil veintitres. EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

OVIEDO, 25 de junio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ANGELES QUINTAS ALVAREZ

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