Está Vd. en

Documento BOE-J-2026-375023

GRANADA. Edicto de 20 de junio de 2026 en procedimiento concursal número 692/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 154, de 25 de junio de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2026-375023

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada. Plaza nº 1

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958058997

Correo electrónico: se.Mercantil.plazan1.ti.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 692/2023

NIG: 1808742120230031573

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 01/06/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto

La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada, Plaza Judicial n.º 1, con competencia en materias de Marcas, Patentes y Protección Jurídica del Diseño Industrial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal.

Anuncia

Que en el procedimiento concursal número 692/2023 con NIG 1808742120230031573 en el que figura como concursado/a ANTONIO MANUEL ORTEGA MARTIINEZ, NIF 24275373T, se ha dictado con fecha 01 de junio de 2026, auto en cuya parte dispositiva se ha acordado lo siguiente:

"PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal del deudor D. Antonio Manuel Ortega Martínez. Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la administración concursal.

De conformidad a ello:

Primero: procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil, de estar inscrito el deudor en el mismo como empresario, en el Registro Civil y en el Registro Público Concursal.

Segundo: procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.

Tercero: llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.

Cuarto: requiérase a la administración concursal para que presente su credencial en el Juzgado, cesando en tal momento de su cargo.

Quinto: se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio propias de su declaración en concurso.

Sexto: se concede a D. Antonio Manuel Ortega Martínez la exoneración del pasivo insatisfecho en el presente procedimiento concursal, con la extensión prevista en el art. 489 TRLC y los efectos establecidos en los arts. 490 a 492 ter TRLC.

Esta concesión podrá ser, en su caso, revocada de conformidad con lo previsto en los arts. 493 a 493 ter TRLC.

Se manda a los acreedores afectados que comuniquen esta exoneración a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieran informado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de sus registros.

Contra la presente resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno.

Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, D. Rafael Leonés Valverde, Magistrado titular de la Plaza Judicial nº 1, de Patentes, Marcas y Protección Jurídica del Diseño Industrial, de la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada."

En Granada, a uno de junio de dos mil veintiséis.

Granada, 20 de junio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PIEDAD LLOR MADRID

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid