Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Cádiz. Plaza nº 1
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Concursal
Número: 321/2026
Auto
Fecha: 05/06/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 5
Emplazamiento. Plazo: 15
Acreedores de Josue Benitez Paiva con DNI 49076185G
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Declaro conjuntamente en concurso a ISABEL MARIA GALEANO RODRIGUEZ y JOSUE BENÍTEZ PAIVACada deudor será objeto de un procedimiento concursal que se tramitará de forma separada pero coordinada entre si.A tal efecto, deberá generarse informáticamente un nuevo número de procedimiento, de manera que el concurso de JOSUE BENÍTEZ PAIVA se seguirá bajo el número 321/26 y el de ISABEL MARIA GALEANO RODRIGUEZ bajo el número 734/26O, que se encabezará con copia auténtica de esta resolución y de la solicitud y al que se incorporarán los documentos correspondientes al segundo deudor.2.- El pasivo de ambos concursos asciende a 20.082,87 euros.3.- Ordeno la remisión telemática al Boletín Oficial del Estado para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal.4.- En el plazo de QUINCE DÍAS a contar del siguiente a la publicación de dicho edicto, el acreedor o los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo indicado en el punto 2, pueden solicitar por escrito ante este juzgado, el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos previstos en el apartado primero del artículo 37 ter del Texto Refundido de la Ley Concursal.5.- Notifíquese esta resolución a la parte solicitante, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a la Tesorería General de la Seguridad Social, a las partes personadas y, en su caso, a la representación legal de las personas trabajadoras, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles (contados, para el deudor, desde el siguiente de la notificación, y para los demás legitimados, desde la publicación del extracto de la declaración de concurso en el Boletín Oficial del Estado) y expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso (artículos 545 y 546 del Texto Refundido de la Ley Concursal y 451 y 452 Ley de Enjuiciamiento Civil).
Cádiz, 22 de junio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALFREDO FERNANDEZ RIENDA
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