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Documento BOE-J-2026-359611

JAÉN. Edicto de 15 de junio de 2026 en procedimiento civil número 345/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 148, de 18 de junio de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN CIVIL/JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - JAÉN
Referencia:
BOE-J-2026-359611

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Jaén (Transformado)

Dirección: Calle ARQUITECTO BERGES 16

Localidad: Jaén

Código Postal: 23007

Provincia: Jaén

Teléfono: 953963166

Correo electrónico: Sec.Mercantil.PlazaN1.TI.jaen.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 345/2020

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 21/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Sentencia nº8/2026 de 21/04/2026

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO En el juicio referenciado se ha dictado Sentencia nº 8/2026 con fecha 21 de abril de 2026, cuyo fallo es el siguiente: "SE ESTIMA la demanda presentada por la Procuradora Sra. Marín Hortelano , en nombre y representación de Sociedad General de Autores y Editores, Entidad de Gestión de Derecho de Propiedad Intelectual (SGAE, EGDPI), Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI) y Artistas Intérpretes y Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España (AIE) contra Sánchez del Moral y Longo, S.L., condenando a este último a abonar a la actora la cantidad de 721,20 euros más los intereses legales conforme al fundamento juridico SEGUNDO y al pago de las costas procesales." Notificar a Demandado: SANCHEZ DEL MORAL Y LONGO por medio de edicto, el/la dictado/a en dicho proceso el cuya copia se encuentra a su disposición en esta oficina judicial, donde podrá tener conocimiento íntegro de la misma. En Jaén, en el día de la firma. EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa isociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Jaén, 15 de junio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MANUEL GABRIEL BLANCA BUENDIA

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