Está Vd. en

Documento BOE-J-2026-359441

VALÈNCIA. Edicto de 12 de junio de 2026 en procedimiento concursal número 1111/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 148, de 18 de junio de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2026-359441

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de València. Plaza nº 5

Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961922186

Correo electrónico: vamerca05_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1111/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 05/06/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados y acreedores

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Letrado de la Administración de Justicia: D./Dª.PILAR IRLES MARTINEZ

Que en el procedimiento concursal número 1111/2025 en el que figura como concursado/a D./D.ª PEDRO COSTA COLORADO, Dni 22565328M, se ha dictado el 05/06/2026 auto que declara concluso el concurso y por el que se acuerda:

ACUERDO: Reconocer la EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO a D. PEDRO COSTA COLORADO alcanzado la misma los créditos recogidos en el FUNDAMENTO JURÍDICO SEGUNDO de la presente resolución.

El pasivo no satisfecho EXONERADO se debe considerar extinguido, sin perjuicio del régimen de revocación previsto en el art. 493 TRLC. La extinción de los créditos no alcanza a los obligados solidarios, fiadores y avalistas del concursado respecto de los créditos que se extinguen.

Los acreedores afectados deberán comunicar a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieran informado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de sus registros

La CONCLUSION del concurso de D. PEDRO COSTA COLORADO cesando respecto del mismo todos los efectos de la declaración del concurso, una vez sea firme la presente resolución.

Notifíquese esta resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publíquese edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal, al objeto de dar publicidad al presente auto y remítanse exhortos a los Registros Civiles donde conste inscrita la declaración de concurso a los efectos de que procedan a su cancelación

Contra este auto puede interponerse recurso de reposición en el plazo de 5 días a contar desde su notificación.

Insértese testimonio de esta resolución en los autos principales y llévese el original al Libro correspondiente.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Con la presente publicación se da la publicidad establecida en el art. 482 del TRLC para la resolución que acuerda la conclusión del procedimiento.

Más información disponible en el Registro Público Concursal a través del enlace:https://www.publicidadconcursal.es/consulta-publicidad-concursal-new

València, 12 de junio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PILAR IRLES MARTINEZ

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid