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Documento BOE-J-2026-326665

SEGOVIA. Edicto de 1 de junio de 2026 en procedimiento concursal número 529/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 136, de 4 de junio de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN CIVIL Y DE INSTRUCCIÓN/JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - SEGOVIA
Referencia:
BOE-J-2026-326665

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Segovia. Plaza nº 2

Dirección: Avenida GERARDO DIEGO 3

Localidad: Segovia

Código Postal: 40006

Provincia: Segovia

Teléfono: 921463257

Correo electrónico: sct.segovia@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 529/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 22/05/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Ivaylo KrastevDikov y Donka Radulova Dikova

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que estimando parcialmente la demanda presentada por elPropcurador Sr. Marina en nombre y presentación de CAIXABANKfrente a la solicitud de exoneración del pasivo insatisfechoefectuada por IVAYLO KRASTEV DIKOV Y DONKA RADULOVA DIKOVADISPONGO:1.-Concluir el presente procedimiento concursal de D.IVAYLO KRASTEV DIKOV con NIE X3755235W y de DONKA RADULOVADIKOVA con NIE X5124310W por estar en el supuesto deinexistencia de bienes o derechos propiedad del concursado nide terceros responsables para satisfacer a los acreedores yaprobar la rendición de cuentas presentada.2.-Cesar las limitaciones de las facultades deadministración y disposición de los deudores subsistentes,salvo las que estén contenidas en la sentencia firme decalificación 3.-El deudor persona natural quedará responsable del pagode los créditos insatisfechos, salvo que obtenga el beneficiode la exoneración del pasivo insatisfecho.4. SE ACUERDA, la exoneración del pasivo concursal nosatisfecho a excepción de los créditos no exonerables respectode IVAYLO KRASTEV DIKOV 5. Tienen la consideración de créditos no exonerables loscorrespondientes a los siguientes acreedores, respecto deIVAYLO KRASTEV DIKOV-CAIXABANK crédito con garantía hipotecaria sobre la finca23787, en lo que no exceda de la garantía.6. SE ACUERDA, la exoneración del pasivo concursal nosatisfecho a excepción de los créditos no exonerables respectode DONKA RADULOVA DIKOVA 7. Tienen la consideración de créditos no exonerables loscorrespondientes a los siguientes acreedores, respecto deIVAYLO KRASTEV DIKOV-CAIXABANK crédito con garantía hipotecaria sobre lafinca 23787, en lo que no exceda de la garantía.

Segovia, 1 de junio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ERNESTO ADOLFO ANDRES GARCILLAN

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