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Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Málaga. Plaza nº 1
Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N
Localidad: Málaga
Código Postal: 29010
Provincia: Málaga
Concursal
Número: 271/2026
NIG: 2906742120260007804
Auto
Fecha: 22/05/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores e interesados en el concurso de acreedores.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Edicto
La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Málaga. Plaza nº 1, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del TRLC, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento n.º 271/2026 (NIG 2906742120260007804) por auto de fecha 22 de mayo de 2026, se ha declarado en concurso voluntario a los deudores D. RAFAEL RUIZ ARAGÜEZ y Dª MARÍA REMEDIOS LÓPEZ MONTOSA, con NIF 77472909P y 77474213R, respectivamente, domicilio en Vélez-Málaga (Málaga) y cuyo centro de principales intereses lo tienen en Vélez-Málaga (Málaga). Que la solicitud del concurso de acreedores fue presentada en la Oficina de registro y reparto del Decanato el día 20/02/2026, habiendo sido repartida a este órgano judicial en fecha 24/02/2026.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que la administración concursal la integra D. JOSÉ MANUEL GARCÉS PEREGRINA, NIF: 25736021X, abogado, con domicilio profesional y dirección postal a estos efectos en Málaga, C/ Ara nº 2, local, C.P. 29006, teléfono 951108811, y con dirección de correo electrónico jgarces@biznagalegal.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.
4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
5º.- Durante el plazo para la comunicación de créditos cualquier acreedor o cualquiera que se persone en el concurso podrá remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto considere relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso los documentos que considere oportunos (artículo 447 del TRLC).
6º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC.
7º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 1 de junio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA VALERA TEJEDERA
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