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Documento BOE-J-2026-326492

MADRID. Edicto de 28 de mayo de 2026 en procedimiento concursal número 929/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 136, de 4 de junio de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2026-326492

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Secc. Mercantil Tri. Inst. Madrid. Plaza nº 1

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 929/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/05/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilacion

DESTINATARIOS

929/2025

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO D./Dña. ADELA MORENO BLANCO, Letrado/a de la Administración de Justicia del Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de MadridPlaza nº 1 hace saber : 1.- Que en el Concurso ordinario 929/2025, por Auto de fecha 18 de Mayo de 2026 se ha declarado en concurso voluntario a DOÑA CAROLINA JIMENEZ DE BLAS con DNI 46921750W y domicilio en calle de la Encomienda de Palacios 197 3ªB, Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255 a 258 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es DOÑA ANA ISABEL MORENO SALMERÓN con dirección en Calle Zaragoza 21, dúplex E, 11402 Jerez de la Frontera( Cádiz ) y dirección de correo electrónico a.morenosalmeron@gmail.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 530 TRLC. La autenticidad de este documento se puede comprobar en https://gestiona.comunidad.madrid/csv mediante el siguiente código seguro de verificación:

Madrid, 28 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ADELA MORENO BLANCO

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