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Documento BOE-J-2026-326479

MADRID. Edicto de 28 de mayo de 2026 en procedimiento concursal número 1119/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 136, de 4 de junio de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2026-326479

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Secc. Mercantil Tri. Inst. Madrid. Plaza nº 1

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1119/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/05/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilacion

DESTINATARIOS

1119/2025

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

D./Dña. ADELA MORENO BLANCO, Letrado/a de la Administración de Justicia del Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid. Plaza nº 1 hace saber: 1.- Que en el Concurso ordinario voluntario núm. 1119/2025, por Auto de fecha 18 de mayo de 2026, se ha declarado en concurso a DOÑA AZAHARA DIAZ GOMEZ con DNI 470266978M. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 y siguientes del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Tablón Edictal Judicial Único del Boletín Oficial del Estado. 3.- Que se ha ordenado la intervención de las facultades de administración y disposición patrimonial del deudor. 4.- La identidad de la Administración concursal es DOÑA ANA ISABEL MORENO SALMERÓN con dirección en Calle Zaragoza 21, dúplex E, 11402 Jerez de la Frontera (Cádiz ) y dirección de correo electrónico a.morenosalmeron@gmail.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 y siguientes del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es La autenticidad de este documento se puede comprobar en https://gestiona.comunidad.madrid/csv mediante el siguiente código seguro de verificación: 1019412350974657440059

Madrid, 28 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ADELA MORENO BLANCO

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