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Documento BOE-J-2026-326460

MADRID. Edicto de 27 de mayo de 2026 en procedimiento concursal número 346/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 136, de 4 de junio de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2026-326460

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Secc. Mercantil Tri. Inst. Madrid. Plaza nº 11

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 346/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 20/05/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: .

DESTINATARIOS

Acreedores de Villante S.A. cif B82636812

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso ordinario 346/2025, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2024/0600901,que se ha presentado en fecha 21/11/2024 y fecha de entrada en este juzgado el dia 23/04/2025 por auto de fecha 20.05.2026, se ha declarado en concurso necesario, que se tramitará por el procedimiento ordinario, a VILLANTE S.A., con nº de identificación A82636812, y domicilio en la comunidad de Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 y ss del TRLC al administrador concursal, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es D./Dña. MINERVA IZQUIERDO ROPERO, con domicilio postal en Calle de Serrano, nº 240 1º 28016 Madrid (Madrid) , y dirección electrónica: minervaizquierdo@icaib.org , ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 y ss TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 27 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA EUGENIA LOPEZ-JACOISTE RICO

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid