Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Burgos. Plaza nº 1
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Concursal
Número: 483/2025
NIG: 0905942120250008827
Auto
Fecha: 26/02/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores y demás interesados
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T ODÑA. BEATRIZ BRIONES SANTAMARÍA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓNDE JUSTICIA DE LA PLAZA Nº1 SECCION MERCANTIL DEL TRIBUNAL DEINSTANCIA DE BURGOS, por el presente,HAGO SABER:Que en los autos seguidos en este órgano judicial comoConcurso Ordinario 483/2025 y NIG 09059 42 1 2025 0008827, sesolicitó, el 26 de septiembre de 2025, por el ProcuradorALVARO BENJAMIN MOLINER GUTIERREZ la declaración de concursode la mercantil MUINBUR S.L., con CIF B09572496 y domicilio enCARDEÑAJIMENO (BURGOS), Calle LAURA DOMINGO, 21 CP 09199,dictándose Auto el 26 de febrero de 2026 declarando elconcurso voluntario de acreedores a la citada mercantil ysimultáneamente la apertura de la fase de liquidación.Que se ha acordado la disolución de la mercantil concursada yla suspensión de las facultades de administración ydisposición de la deudora sobre la masa activa, siendo cesadoslos administradores o liquidadores, que serán sustituidos atodos los efectos por la administración concursal.Que en fecha 11 de marzo de 2026, el abogado ANTONIO CABALLEROOTAOLAURRUCHI con NIF 52326677K, y domicilio en SEVILLA,C/BALBINO MARRON S/N 1ª PLANTA OFICINA 14, tfno: 954002727 ydirección de correo electrónico concursomuinbur@articulo27.es, aceptó, y se le tuvo por aceptado en el cargo de administradorconcursal.Que se ha acordado el llamamiento a los acreedores de laconcursada para que, en el plazo de un mes a contar desde eldía siguiente a la publicación del presente edicto en elBoletín Oficial del Estado, comuniquen a la administraciónconcursal, si a su derecho interesa, la existencia de suscréditos, en los términos y formas establecidos en losartículos 256, 257 y 258 del TRLC.Se advierte a los acreedores de que las comunicaciones decréditos que se realicen al tribunal de instancia y no a laadministración concursal no serán tenidas en cuenta.Se advierte de que, dentro del plazo anterior, los acreedoreso cualquier personado en el concurso podrán remitir por correoelectrónico a la administración concursal cuanto considerenrelevante para fundar la calificación del concurso comoculpable, acompañando, en su caso, los documentos queconsideren oportunos (art. 447 TRLC).Se advierte a los acreedores, personas legitimadas y coninterés legítimo que deben actuar representados por procurador(cuyo poder debe tener otorgadas facultades concursales) yasistidos por letrado para comparecer en el procedimiento,para presentar solicitudes o demandas, para actuar en losincidentes que se incoen o para interponer recursos. Todo ellosin perjuicio de lo establecido para las administracionespúblicas y los trabajadores en el art. 513 TRLC.Que en el Registro Público Concursal se publicarán lasresoluciones que traigan causa del presente concurso, cuyadirección electrónica es https://www.publicidadconcursal.es.
Burgos, 29 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, BEATRIZ BRIONES SANTAMARIA
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