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Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Burgos. Plaza nº 1
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Localidad: Burgos
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Provincia: Burgos
Teléfono: 947284152
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Concursal
Número: 290/2025
NIG: 0905942120250006295
Auto
Fecha: 25/03/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
DÑA. BEATRIZ BRIONES SANTAMARÍA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA PLAZA Nº 1 DE LA SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE BURGOS, por el presente,
HAGO SABER:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial como Concurso Ordinario 290/2025 y NIG 09059 42 1 2025 0006295, se ha dictado Auto 56/2026, de 25 de marzo, declarando la conclusión y subsiguiente archivo del concurso voluntario de acreedores del deudor LUIS JOSÉ MARQUINA GARCÍA, con NIF -----033G, y domicilio en VILLARCAYO de la Merindad de Castilla la Vieja (BURGOS) por inexistencia de masa.
2º.- Que Se ha acordado la exoneración del pasivo insatisfecho del concursado, en los términos regulados en el artículo 502.1 T.R.L.C., puesto en relación con el artículo 501, apartados primero y tercero, del citado cuerpo normativo. Específicamente, las deudas exoneradas (créditos ordinarios y subordinados), son las siguientes:
960 € debidos a ABSOLUTIO MC, S.L.383,91 € debidos a ALINOR, S.L.2.579,61 € debidos a ASDANS, S.L.2.172,41 € debidos a AUSARTA MEDIA, S.L.4.618 € debidos a BANCO SANTANDER, S.A.548,50 € debidos a BARANDICA, S.A.6.618,84 € debidos a CAIXABANK, S.A.1.886 € debidos a CAJA RURAL DE BURGOS, FUENTEPELAYO, SEGOVIA Y CASTELLDANS.245,90 € debidos a CONGELADOS ORBESA, S.A.1.843,69 € debidos a CONSORCIO DE DISTRIBUCIÓN FORTALEZA, S.A.U.337,76 € debidos a ELSECREDIT GEMASA, S.L.1.236,56 € debidos a la ENTIDAD DE GESTIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL.808,52 € debidos a EOS SPAIN, S.L.U.945 € debidos a ID FINANCE SPAIN, S.L.447,73 € debidos a RODRÍGUEZ Y RENES, S.L.3.655,01 € debidos a la AGENCIA CÁNTABRA DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.433,27 € debidos a la DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS.246,82 € debidos a la AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (A.E.A.T.).
3º.- Que NO SE EXONERA el crédito derivado del préstamo con garantía hipotecaria cuya beneficiaria es UNIÓN DE CRÉDITOS INMOBILIARIOS, S.A. en la cuantía comprendida dentro del límite del privilegio especial. Por lo tanto, LUIS JOSÉ MARQUINA GARCÍA continúa obligado a su pago y, en el supuesto de incumplimiento, la acreedora podrá iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.
Burgos, 29 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, BEATRIZ BRIONES SANTAMARIA
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