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Documento BOE-J-2026-320121

ALBACETE. Edicto de 28 de mayo de 2026 en procedimiento concursal número 170/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 134, de 2 de junio de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALBACETE
Referencia:
BOE-J-2026-320121

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Albacete. Plaza nº 1

Dirección: Avenida MANCHA (LA) 1 Esq. Avenida Gregorio Arcos S/N

Localidad: Albacete

Código Postal: 02005

Provincia: Albacete

Teléfono: 967596500

Correo electrónico: sct.areacivilsocca.albacete@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 170/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 22/05/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de la mercantil Albacete Education Group, S.L.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la mercantil ALBACETE EDUCATION GROUP SL.

Abrir la fase de liquidación del concurso, formándose la Sección Quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

Dese traslado al Administrador Concursal al objeto de que, en el PLAZO DE 10 DIAS NATURALES, emita informe, en el caso de que considere necesario establecer posibles reglas especiales de liquidación, de conformidad con lo establecido en el Art. 415 del TRLC.

Se acuerda la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre los bienes y derechos que integran la masa activa, con todos los efectos establecidos para la suspensión en el título III del libro primero.

Se declara la disolución de la mercantil ALBACETE EDUCATION GROUP, SL, y el cese de sus administradores, que son sustituidos por la Administradora Concursal, Dª María del Mar Delicado Ibáñez.

El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Anunciar la apertura de la fase de liquidación, que se publicará en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU)y en el Registro Público Concursal.

Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos, una vez que sea firme la presente resolución. Fórmese la Sección Sexta de Calificación.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este órgano judicial.

Albacete, 28 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, FRANCISCO JAVIER MARTINEZ MARIN

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