Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña. Plaza nº 2
Dirección: Plaza Juez Elío (Del) S/N
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31011
Provincia: Navarra
Teléfono: 848426823
Correo electrónico: juzgado.mercantil2@navarra.es
Concursal
Número: 553/2026
NIG: 3120147120260000815
Auto
Fecha: 26/05/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Emplazamiento. Plazo: 15 días para solicitar Administrador Concursal
Acreedores e interesados en el concurso de MARTA GONZALEZ GABARI
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña
ANUNCIA
Que en el procedimiento concursal número 0000553/2026 referente a la concursada MARTA GONZALEZ GABARI con NIF 72697412R, con domicilio en Beriáin –Navarra, con fecha de presentación de la solicitud el 21 de mayo de 2026 a las 17:07 horas y fecha de reparto 22 de mayo de 2026 por auto de fecha 26 de mayo de 2026 se ha acordado la declaración del concurso de acreedores voluntario que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la Sección 4ª del Capítulo V del Libro Primero del texto refundido de la Ley Concursal reformado por Ley 16/2022, de 5 de septiembre, cuya parte dispositiva dice así:
PARTE DISPOSITIVA
1. Se declara la competencia objetiva y territorial de este Juzgado para conocer de la solicitud de concurso presentada por la Procuradora Dña. SAGRARIO DE LA PARRA HERMOSO DE MENDOZA, en nombre y representación de la deudora, persona física, con estado civil divorciada, Dña. MARTA GONZALEZ GABARI, con NIF 72697412R
2. Se declara el concurso de acreedores voluntario de Dña. MARTA GONZALEZ GABARI, con NIF 72697412R, que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la sección primera, en el capítulo V, del Libro I del TRLC.
3. El pasivo asciende a 40.803,76 euros.
4. Remítase esta resolución, por medio de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), conforme dispone el artículo 37 bis del TRLC, para su publicación electrónica en el TEJU del BOE y en el Registro Público Concursal.
5. Procédase a la anotación en el Registro Civil de Pamplona la declaración de concurso, con indicación del órgano judicial que la ha dictado, el carácter de la resolución y la fecha de su dictado conforme al artículo 36.1 TRLC y 557.1 TRLC, y una vez firme se procederá a su inscripción.
6. Notifíquese esta resolución por medios telemáticos, a la Hacienda Tributaria de Navarra, a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social.
7. Llámese al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos contenidos en el artículo 37 ter TRLC.
8. Notifíquese al concursado esta resolución haciéndole saber que podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho dentro de los diez días siguientes a contar desde el vencimiento del plazo para que los acreedores legitimados puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal sin que lo hubieran hecho.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN que deberá presentarse por escrito ante este Órgano Judicial, dentro del plazo de CINCO DÍAS contados desde el siguiente a su notificación (Art. 546 TRLC).
Lo acuerda y firma S.Sª, la Ilma. Sra. Dña. ROBERTO SIERRA GABARDA, Magistrada Titular del Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña. Plaza nº 2. Doy fe
El/la Magistrado-Juez
El/La Letrado de la Administración de Justicia
DEPOSITO PARA RECURRIR REPOSICIÓN: Deberá acreditarse en el momento del anuncio haber consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano abierta en BANCO SANTANDER 5669000000055326, la suma de 25 EUROS con apercibimiento que de no verificarlo no se admitirá a trámite el recurso pretendido; salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.
Pamplona/Iruña, 27 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRANTZU EQUISOAIN AZCONA
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