Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña. Plaza nº 2
Dirección: Plaza Juez Elío (Del) S/N
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31011
Provincia: Navarra
Teléfono: 848426823
Correo electrónico: juzgado.mercantil2@navarra.es
Concursal
Número: 404/2026
NIG: 3120147120260000556
Auto
Fecha: 21/05/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores e interesados en el concurso de Dª Wendy Avila Calderon.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña Plaza nº 2
ANUNCIA
Que en el procedimiento concursal número 0000404/2026 referente al concursado WENDY AVILA CALDERON con NIF 73417004S, con domicilio en ZIZUR MAYOR por auto de fecha 21 de mayo de 2026 se ha acordado la rectificación de error material del auto que decalra el concurso, cuya parte dispositiva dice así:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo la rectificación de la resolución dictada en las presentes actuaciones, a la que se hace referencia en los antecedentes de hecho de la presente resolución, en los siguientes términos:
El numeral 6º de la parte dispositiva donde pone:
6.- Con las facultades de intervención del patrimonio del deudor, la
ADMINISTRACION CONCURSAL estará integrada por DIEGO ASIAIN
VALDELOMAR, con DNI 44623707G.
Ha de decir:
6.-Con las facultades de intervención del patrimonio del deudor, la
ADMINISTRACION CONCURSAL estará integrada por D. JUAN JOSÉ
AZCÁRATE OLANO, con DNI: 15832319Q.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio del recurso que proceda, en su caso, contra la resolución que ahora se aclara.
Así por este Auto lo acuerdo, mando y firmo.
El Magistrado.
En Pamplona/Iruña, a 21 de mayo del 2026
LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Pamplona/Iruña, 27 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRANTZU EQUISOAIN AZCONA
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid