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Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Barcelona. Plaza nº 1
Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111
Localidad: Barcelona
Código Postal: 08075
Provincia: Barcelona
Teléfono: 935549461
Concursal
Número: 301/2026
Auto
Fecha: 22/05/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Sección de lo Mercantil del TI de Barcelona. Plaza nº 1 - (Juzgado de lo Mercantil nº 01 de Barcelona)
Servicio Común de Tramitación de Barcelona. Sección Mercantil
Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona CP.:08075
TEL: 935549461
FAX: 935549561
E-MAIL: mercantil1.barcelona@xij.gencat.cat
Procedimiento: Concurso sin masa 301/2026
Sección: J6E
Sobre: Concurso sin masa
Parte deudora/concursada: CRISTIAN LATORRE PUJOL
Procurador/a: Uriel Pesqueira Puyol
Abogado/a: EMILIO ARAMBURO PITA
EDICTO
Alfredo Villaescusa Garcia , Letrado/a del Servicio Común de Tramitación de Barcelona. Sección Mercantil hago saber que:
En el Concurso sin masa 301/2026 J6E se ha dictado un auto de fecha 22 de mayo de 2026 por el que se ha declarado concluso el concurso de CRISTIAN LATORRE PUJOL, con DNI 37385265F, y se le ha concedido la exoneración del pasivo insatisfecho de los créditos exonerables.
Contra dicha resolución no cabe recurso alguno, conforme a lo dispuesto en el art. 481 TRLC, respecto de la conclusión del concurso; y cabe recurso de apelación respecto de la decisión de exoneración del pasivo insatisfecho, conforme al criterio mantenido por la Sec. 15ª de la Audiencia Provincial de Barcelona
En Barcelona, a 22 de mayo de 2026.
El/La Letrado/a del Servicio Común de Tramitación de Barcelona.
Puede consultar el estado de su expediente en el área privada de seujudicial.gencat.cat
Los interesados quedan informados de que sus datos personales han sido incorporados al fichero de asuntos de esta Oficina Judicial, donde se conservarán con carácter de confidencial, bajo la salvaguarda y responsabilidad de la misma, dónde serán tratados con la máxima diligencia.
Quedan informados de que los datos contenidos en estos documentos son reservados o confidenciales y que el tratamiento que pueda hacerse de los mismos, queda sometido a la legalidad vigente.
Los datos personales que las partes conozcan a través del proceso deberán ser tratados por éstas de conformidad con la normativa general de protección de datos. Esta obligación incumbe a los profesionales que representan y asisten a las partes, así como a cualquier otro que intervenga en el procedimiento.
El uso ilegítimo de los mismos, podrá dar lugar a las responsabilidades establecidas legalmente.
En relación con el tratamiento de datos con fines jurisdiccionales, los derechos de información, acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación se tramitarán conforme a las normas que resulten de aplicación en el proceso en que los datos fueron recabados. Estos derechos deberán ejercitarse ante el órgano judicial u oficina judicial en el que se tramita el procedimiento, y las peticiones deberán resolverse por quien tenga la competencia atribuida en la normativa orgánica y procesal.
Todo ello conforme a lo previsto en el Reglamento EU 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, en la Ley Orgánica 3/2018, de 6 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y en el Capítulo I Bis, del Título III del Libro III de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Barcelona, 27 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALFREDO VILLAESCUSA GARCIA
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Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid