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Documento BOE-J-2026-291712

ALMERÍA. Edicto de 18 de mayo de 2026 en procedimiento concursal número 327/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 124, de 21 de mayo de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2026-291712

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Almería. Plaza nº 2

Dirección: Carretera RONDA (DE) 120

Localidad: Almería

Código Postal: 04005

Provincia: Almería

Teléfono: 660894612

Correo electrónico: sec.mercantil.plazan2.ti.almeria.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 327/2026

NIG: 0401342120260004644

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 04/05/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Posibles interesados y/o acreedores del Concurso sin masa nº327/2026

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrado de la Administración de Justicia: D. David Pérez Martínez

LA SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE ALMERÍA. PLAZA Nº 2, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 35 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY CONCURSAL (TRLC),

A N U N C I A

1º.- Que en el Concurso sin masa 327/2026, con NIG 0401342120260004644, por auto, de fecha cuatro de mayo de dos mil veintiséis, se ha declarado en concurso al deudor D. JONATAN GARCÍA MAGAN, con D.N.I. Nº15.429.253-W, con domicilio en Almería, que coincide con el centro de sus intereses principales.

2º.- Que acordada la apertura de la sección de liquidación, procede SUSPENDER al deudor de las facultades de administración y disposición sobre la masa activa  con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley. Tales facultades serán sustituidas por el administrador concursal. Esta situación quedará sujeta, no obstante, a lo previsto en el citado artículo 106, 107 y siguientes, y 413 del TRLC.

3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en en los artículos 255, 256 y 257 del TRLC. A estos efectos, se informa que la administración concursal ha sido designado D. PEDRO JESÚS PALMA MAÑAS, con D.N.I. Nº75.717.847-F, con domicilio postal en AVENIDA DE LA ESTACIÓN, Nº6, 9-1, 04005, ALMERÍA, dirección electrónica: pedro@bolanosabogados.es y con teléfonos: 667.080.974 / 950.23.78.81, mediante Auto, de fecha cuatro de mayo de dos mil veintiséis.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se han ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512 TRLC).

5º.- Conforme a lo previsto en el artículo 35 del TRLC, se hace constar que la dirección electrónica del Registro público concursal en el que se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es www.publicidadconcursal.es.

Almería, 18 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVID PEREZ MARTINEZ

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