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Documento BOE-J-2026-291692

ELCHE/ELX. Edicto de 18 de mayo de 2026 en procedimiento concursal número 1222/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 124, de 21 de mayo de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2026-291692

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Alacant/Alicante. Plaza nº 3, con sede en Elx/Elche

Dirección: Calle ABOGADOS DE ATOCHA 21

Localidad: Elche/Elx

Código Postal: 03203

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 966917377

Correo electrónico: alme03_ali@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1222/2025

NIG: 0306547120250000881

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 14/05/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

D/DÑA. JORGE CUELLAR OTON Letrado de la Administración de Justicia y del Tribunal de Instancia sección de lo Mercantil plaza num. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente HAGO SABER:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 1222/2025 siendo la concursada MAJESTIC FOOTWEAR SL con CIF nº B54858386, en el que se ha dictado AUTO de fecha 14.05.2026, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:

1.- Se DECLARA CONCLUIDO el CONCURSO DE ACREEDORES de la mercantil MAJESTIC FOOTWEAR SL, y, por ende, el archivo de las actuaciones, pudiendo los acreedores iniciar sus acciones individuales contra la misma.

2. Se ordena el cierre provisional de la hoja abierta a la persona jurídica mencionada en el registro público en el que figura inscrita; y siendo firme la presente resolución, el Letrado de la Administración de Justicia deberá expedir mandamiento conteniendo testimonio de la resolución, con expresión de su firmeza, que habrá remitir por medios electrónicos al registro correspondiente.

Transcurrido un año a contar desde que se hubiera ordenado por el juez el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja.

3. Anúnciese por edictos en el tablón edictal judicial único, y comuníquese a los juzgados a los que se haya notificado la declaración del concurso. Publíquese así mismo en el Registro Público Concursal.

Elche/Elx, 18 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JORGE CUELLAR OTON

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