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Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de València. Plaza nº 5
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Concursal
Número: 1246/2025
Auto
Fecha: 07/05/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Interesados Y Acreedores
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
Letrado de la Administración de Justicia: D./Dª.PILAR IRLES MARTINEZ
Conforme a lo previsto en el artículo 37 ter del Texto Refundido de la Ley Concursal y en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, hago saber:
Primero.- Que en el procedimiento concursal Concurso sin masa 1246/2025 referente al/a la deudor/a D./D.ª EVA OLASO RIBES, con Nif 20030260C, , se ha dictado auto de conclusión, cuya parte dispositiva dice:
ACUERDO: Reconocer la EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO a DOÑA EVA OLASO RIBES, alcanzado la misma los créditos recogidos en el FUNDAMENTO JURÍDICO SEGUNDO de la presente resolución.
El pasivo no satisfecho EXONERADO se debe considerar extinguido, sin perjuicio del régimen de revocación previsto en el art. 493 TRLC. La extinción de los créditos no alcanza a los obligados solidarios, fiadores y avalistas del concursado respecto de los créditos que se extinguen.
Los acreedores afectados deberán comunicar a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieran informado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de sus registros
La CONCLUSION del concurso DOÑA EVA OLASO RIBES ,cesando respecto del mismo todos los efectos de la declaración del concurso, una vez sea firme la presente resolución.
Notifíquese esta resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento.
Publíquese edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal, al objeto de dar publicidad al presente auto y remítanse exhortos a los Registros Civiles donde conste inscrita la declaración de concurso a los efectos de que procedan a su cancelación
Contra este auto puede interponerse recurso de reposición en el plazo de 5 días a contar desde su notificación.
València, 12 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PILAR IRLES MARTINEZ
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