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Documento BOE-J-2026-281734

JAÉN. Edicto de 12 de mayo de 2026 en procedimiento concursal número 584/2011.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 120, de 18 de mayo de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - JAÉN
Referencia:
BOE-J-2026-281734

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Jaén. Plaza nº 1

Dirección: Calle ARQUITECTO BERGES 16

Localidad: Jaén

Código Postal: 23007

Provincia: Jaén

Teléfono: 662978907

Correo electrónico: antonio.ruiz.montoro@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 584/2011

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 12/05/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores o quien interese en el concurso voluntario referente al deudor PROVISA PROYECTOS VINCULADOS SA

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrado de la Administración de Justicia: D. Manuel Gabriel Blanca Buendia

Que en el procedimiento concursal número 584.5/2011 en el que figura como concursado/a la entidad Provisa Proyectos Vinculados SA con CIF A14400121 , se ha dictado el 12/05/2026 auto que acuerda lo siguiente:

Acuerdo la conclusión del concurso voluntario de acreedores de la mercantil PROVISA PROYECTOS VINCULADOS SA con CIF A14400121 inscrita en el Registro de Mercantil de CÓRDOBA por liquidación para el pago de los créditos contra la masa y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, así como el archivo de las actuaciones.

Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes.

Se acuerda el cierre provisional de la hoja abierta en el Registro Mercantil de CORDOBA, procediéndose la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja una vez transcurrido un año desde la presente resolución.

Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.

Jaén, 12 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MANUEL GABRIEL BLANCA BUENDIA

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